Los letrados de acusaciones y defensas reclaman la medida de mutuo acuerdo
HUESCA.- Los letrados de las defensas y acusaciones por el caso de Naiara,
la niña de 7 años que murió
como consecuencia de las heridas que le causó su tío político
por no saberse la lección en Sabiñánigo en julio del 2017, han presentado
un escrito de muto acuerdo en el cual solicitan al juez de la Audiencia Provincial
de Huesca que aplace
la vista oral del 29 de junio, y de siete días de duración, al mes de
septiembre, por la situación de alarma sanitaria actual por la pandemia
de la covid-19. Las sesiones reunirán a unas 30 personas en una misma sala
durante un periodo de entre cinco y seis horas diarias.
Así lo ha indicado en declaraciones a este periódico el abogado de la
defensa de la abuelastra y el padrastro de Naiara, José Luis Vivas.
"Se trata de una medida que no solo es razonable sino necesaria", explica
el letrado quien ha acordado este planteamiento con los abogados de la defensa (tiastro)
y acusación (padre y madre biológicos), El escrito ha sido trasladado
este semana al presidente de la Audiencia Provincial por los abogados y procuradores
de las partes. "Pedimos que se aplace el juicio porque el 29 de junio las
medidas de seguridad y de sentido común van a seguir tan vigentes como ahora",
comenta.
Matiza que la sala donde está previsto que se celebre el juicio por el crimen
de Naiara "va a acoger un mínimo de 30 de personas, durante cinco
horas diarias a lo largo de siete días seguidos".
Entre los presentes, se prevé la asistencia de tres magistrados, los cuatro
letrados de las partes, la fiscal, el secretario judicial, los nueve miembros del
jurado, imputados además del personal de seguridad, medios de comunicación
y público en general.
"Es una sala que no reúne la separación suficiente entre personas,
respirando el mismo ambiente y sin renovación de aire durante 4 o 5 horas",
comenta.
"Se trata de una medida adoptada por los cuatro abogados de mutuo acuerdo
por razones de seguridad y sanitarias", comenta el letrado de la defensa del
padrastro y la abuelastra de la menor, respecto a unas condiciones en las que ven
inviable la celebración del juicio.
Para Vivas, depende de la decisión de los magistrados, el hecho de estimar
la solicitud de suspensión al "pender sobre ellos un principio de responsabilidad"
al ser "razonable" la aplicación de esta medida.
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