El teólogo, historiador y profesor de los institutos de Jaca aborda en un libro la ordenación hebrea en la Edad Media
JACA.- Álvaro López Asensio, historiador, teólogo y profesor
de los dos institutos de Jaca, acaba de publicar el libro titulado El derecho
de los judíos en la Edad Media (Sefarad, Aragón y Calatayud), un trabajo
de investigación que recupera el ordenamiento jurídico hebreo y el
derecho externo que les impusieron los fueros, los concejos cristianos y la
Iglesia. "Un libro único -según el autor- porque no existe otra publicación
que aborde este tema con ejemplos y fuentes documentales del Medievo".
De hecho, "existen artículos puntuales que desarrollan la igualdad jurídica
entre judíos y cristianos según las legislaciones forales medievales y
las referencias documentales emitidas por los tribunales de justicia cristianos
que han llegado hasta nosotros", pero "apenas hay trabajos que aborden en
su conjunto el derecho hebreo propiamente dicho, como pretende este libro".
"Gracias al amplio soporte documental encontrado en los archivos de protocolos
notariales, el archivo de la Corona de Aragón, procesos de inquisición
a judaizantes y la responsa rabínica de medievales, no sólo hemos podido
aproximarnos al derecho penal, civil y procesal de los judíos de Sefarad en
la Edad Media, sino también a la estructura y variedad del derecho administrativo
que utilizaron cuando la otra parte era cristiana: estructura de los instrumentos
públicos notariales, contratos laborales, alquileres de todo tipo (casas, terrenos
y tiendas), compraventas, explotaciones agropecuarias, etcétera", detalla
López Asensio.
En su libro "también se describe cómo eran los tribunales hebreos
y las competencias de los jueces aljamiales, así como el procedimiento
judicial seguido en las causas entre judíos". "Los múltiples ejemplos
de casos y sentencias documentadas lo hacen riguroso, único, creíble y
fácil de entender", asegura.
"Los jueces judíos de Sefarad y sus tribunales se regían por un
código legal y normativo propio que sentaba las bases en la Tanaj (Biblia
hebrea), la Toráh (libro sagrado) y las prescripciones rabínicas contenidas
en el Talmud y la Misná". Esos libros sagrados "configuraron en la
Edad Media un ordenamiento jurídico hebreo propio", que se detalla en esta
obra.
Entre final del siglo XIII y principios del XIV, "los judíos aragoneses
pudieron usar los dos ordenamientos jurídicos: el hebreo y los fueros de Aragón"
y "ello supuso que gozaran de más prerrogativas legales que los cristianos".
Pese a este importante avance en las libertades, "los judíos no obtuvieron
carta de ciudadanía plena por seguir siendo propiedad real".
"El análisis documental y las conclusiones de este trabajo de investigación
ponen de manifiesto que lo realmente genuino y propio del derecho judío
era, ante todo, su génesis y orientación religiosa. Todas las normas
jurídicas que regulan la conducta del judío eran religiosas y viceversa.
Todas las reglas éticas o rituales de su articulado poseen carácter de
ley positiva. Esta coincidencia entre el sistema de derecho y el ético-religioso
es una de las principales características de su ordenamiento", concluye.
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