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JUICIO DEL PROCÈS

Fiscalía rechaza liberar a los presos electos

Los letrados del Supremo se oponen también a suspender el juicio del "procés" como habían solicitado las defensas

Fiscalía rechaza liberar a los presos electos
Fiscalía rechaza liberar a los presos electos
EFE

MADRID.- La Fiscalía del Supremo se opone a la puesta en libertad de los cinco presos preventivos de la causa del "procés" que han resultado electos en los comicios del 28 de abril, quienes habían solicitado eludir la prisión provisional para ejercer responsabilidades derivadas de su nueva condición de parlamentarios.

La petición había sido presentada por el abogado Jordi Pina, que representa a los elegidos para el Congreso de los Diputados por JxCat Jordi Sánchez, Josep Rull, y Jordi Turull; y Andreu Van Den Eynde, que ejerce la defensa del elegido para la cámara baja Oriol Junqueras y del designado para el Senado Raül Romeva, ambos por ERC. La Fiscalía argumenta que su decisión es "proporcionada y no vulnera el derecho a la participación política de los acusados", puesto que la decisión de presentarse como candidatos es una manifestación de dicho derecho esencial y una muestra de que los acusados son plenos titulares del mismo.

No se manifiesta expresamente sobre el permiso para que los presos asistan a la sesión constitutiva de las Cámaras el próximo día 21 porque este no ha sido solicitado expresamente por las defensas. Añade sin embargo que el ejercicio de ese derecho participativo solo se vería afectado "en la medida en que se pretenda su ejercicio de una manera incompatible con la situación cautelar de privación de libertad", la única que excluye el riesgo de fuga.

Los letrados insisten en que los acusados eran conscientes de que el ejercicio efectivo de su derecho de participación política estaba ya condicionado por la medida cautelar acordada, "sin que pueda adjetivarse como ilegítima la restricción que el mantenimiento de la citada medida cautelar comporta". En el mismo sentido, apunta que la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece en su artículo 754 que si el Senado o el Congreso negasen autorización para investigar a uno de sus miembros debe acordarse el archivo de la causa en cuestión, una medida que no se puede adoptar cuando el juicio oral ya ha comenzado, como así ocurre en este caso.

Y dado que no es necesario formular el permiso a las Cámaras "tampoco es procedente que el tribunal acuerde la suspensión del juicio oral tal como pretenden las defensas".