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LEY ELECTORAL

Sentencia sobre datos de opiniones políticas

El Constitucional prohíbe a partidos recopilarlos

MADRID.- El Constitucional ha sentenciado por unanimidad que el artículo de la Ley Electoral que permitía a los partidos recopilar datos sobre opiniones políticas de los ciudadanos es inconstitucional, lo que juristas e internautas interpretan como una victoria de la sociedad civil frente a la clase política.

Ese artículo (el 58 bis 1) se incorporó a la Ley Electoral General mediante una disposición que se incluyó en la Ley de Protección de Datos Personales, aprobada el pasado año.

Tal fue la polémica que se desató tras la entrada en vigor de la nueva ley, que la Agencia Española de Protección de Datos publicó una circular vinculante para acotar lo que pueden hacer los partidos políticos.