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DECISIÓN JUDICIAL

Puigdemont y Comín quedan fuera del Europarlamento

El Tribunal General de la UE rechaza concederles las medidas urgentes que pedían

Puigdemont y Comín quedan fuera del Europarlamento
Puigdemont y Comín quedan fuera del Europarlamento
EFE

MADRID.- El Tribunal General de la UE ha desestimado la petición del expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Comín de acordar medidas provisionales para que se les reconozca como eurodiputados y puedan tomar posesión de su escaño en la Eurocámara este martes, informó la Corte europea.

El auto del presidente del Tribunal General puede recurrirse en casación, exclusivamente por motivos de Derecho, ante el vicepresidente del Tribunal de Justicia de la UE en un plazo de dos meses y 10 días. Además, el auto que desestima las medidas provisionales no prejuzga la decisión sobre el fondo del asunto, sobre el cual el Tribunal emitirá sentencia posteriormente.

El auto gira en torno al hecho de que Puigdemont y Comín no han sido declarados oficialmente diputados electos, al no cumplir el trámite de acatar presencialmente la Constitución en la Junta Electoral Central.

La semana pasada, los dos eurodiputados electos de JxCAT se quejaron al presidente saliente de la Eurocámara, el conservador italiano Antonio Tajani, de que no se les permitiera recoger el acta para ocupar su escaño. Tajani, por su parte, respondió a los líderes independentistas que no puede tratarles como eurodiputados electos porque su nombre no figura en la lista remitida a la institución comunitaria por las autoridades españolas.

El pasado viernes, Puigdemont y Comín presentaron ante el Tribunal General de la UE un recurso contra esta decisión de Tajani y lo acompañaron de una petición de medidas provisionales para que, hasta que se decida sobre el fondo del recurso, se obligase al Parlamento Europeo a tomar todas las medidas necesarias para que los dos pudieran tomar posesión de sus escaños.

Para verificar las credenciales de los eurodiputados, el Parlamento Europeo toma nota de los resultados proclamados oficialmente por cada Estado. Puigdemont y Comín alegaron ante el Tribunal que esa proclamación oficial fue la que se hizo el 13 de junio, y no la del día 17, que era la que incluía la lista de electos que habían acatado la Constitución española de manera presencial.

Sin embargo, el presidente del Tribunal considera que la proclamación del día 13 es "un trámite importante y necesario" pero "una etapa intermedia", y no la proclamación "definitiva". Para ello, tiene en cuenta que en la proclamación del día 13 se afirma expresamente que esta es susceptible de recurso contencioso electoral y se especifica la necesidad de acatar la Constitución de manera presencial. Así las cosas, el Tribunal concluye que no han sido declarados "oficialmente electos" y, por lo tanto, "no puede prosperar la alegación según la cual el Parlamento debería haber considerado que la proclamación del 13 de junio de 2019 era la declaración oficial".