Aragón

ALTO ARAGÓN - BIENES

La Fiscalía pide que el caso de los bienes se mantenga en Barbastro

El Ministerio Público, a favor de que se desestime la petición de inhibición del juez

La Fiscalía pide que el caso de los bienes se mantenga en Barbastro
La Fiscalía pide que el caso de los bienes se mantenga en Barbastro
S.E.

BARBASTRO.- La Fiscalía Provincial de Huesca ha pedido que se desestime el conflicto de jurisdicción planteado por la Consejería de Cultura de la Generalitat y la negativa al requerimiento de inhibición del Juzgado de Barbastro en la entrega de 111 obras de arte que reclama el Obispado de Barbastro-Monzón, propietario de las piezas depositadas en el Museo de Lérida. En su exposición indica que la jurisdicción corresponde al Juzgado de Barbastro y que en la fase declarativa, "en ningún momento se cuestionó por parte de la Generalitat".

En consecuencia, "la competencia para ejecutar la Sentencia corresponde en exclusiva a la jurisdicción de Barbastro. Sin perjuicio de que tratándose de Bienes de Interés Cultural, en la ejecución de la Sentencia, el Juzgado atienda obligaciones de singular protección y tutela impuestas para evitar daños o deterioros.

El procedimiento se ha suspendido en espera de la decisión del juez que podría trasladarlo al Tribunal de Conflictos de Jurisdicción que ya resolvió, el 16 de diciembre de 2015, una cuestión similar sobre los bienes de Sijena que fue favorable al Juzgado de Huesca. El Obispado ha presentado alegaciones con el Gobierno de Aragón, parte coadyuvante en la demanda civil.

Las tres partes piden la desestimación del conflicto de jurisdicción y la negativa al requerimiento de inhibición del Juzgado en la entrega de los bienes a las parroquias por Sentencia del 10 de diciembre pasado. La Generalitat considera que la Sentencia que ordena la devolución inmediata al Obispado de Barbastro-Monzón supone "una injerencia en las competencias exclusivas en materia de cultura y patrimonio cultural y que en la colección del Museo integrada por 1.810 objetos, están las 111 obras de arte, sujetas al régimen jurídico por Ley 9/1993 que afectan al patrimonio catalán. Sin autorización del Departamento de Cultura no es posible disgregar la colección por parte de sus propietarios.

En su escrito, la Fiscal alude al caso antes citado y al mismo tiempo, indica que "no es adecuado utilizar esta vía de conflictos de jurisdicción para evitar o demorar el cumplimiento del fallo judicial ni para mostrar discrepancias frente a resoluciones jurisdiccionales que pueden hacerse valer por vía de recursos".