Aragón

TRIBUNALES

El TSJA anula el juicio a Rodrigo Lanza, que se deberá repetir

El Tribunal Superior considera que hubo falta de motivación del jurado

El TSJA anula el juicio a Rodrigo Lanza, que se deberá repetir
El TSJA anula el juicio a Rodrigo Lanza, que se deberá repetir
EFE

ZARAGOZA.- El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha declarado nulo por falta de motivación del jurado el juicio, y por tanto el veredicto y la sentencia, por la que se condenó, en noviembre de 2019, a cinco años a Rodrigo Lanza por el homicidio imprudente de Víctor Laínez, el conocido como caso "de los tirantes", ocurrido el 8 de diciembre de 2017 en un bar del casco histórico de Zaragoza.

De este modo, los magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJA devuelven el caso a la Audiencia Provincial de Zaragoza para que se celebre un nuevo juicio ante otro jurado. Esta situación supone la prórroga de la prisión provisional del procesado del límite máximo de dos a un total de cuatro años, informaron a Efe fuentes jurídicas.

La sentencia, hecha pública ayer, afirma que existe falta de motivación en el veredicto del jurado, tal y como reclamaron la Fiscalía y los abogados de la víctima y de la acusación popular en los recursos que presentaron a la sentencia de la Audiencia Provincial. Esta fue emitida después de que el jurado declarara culpable a Lanza de un delito de homicidio, al considerar que tenía intención de lesionar, y no de matar, y que actuó por odio y motivos ideológicos.

La sentencia estima también que la falta de motivación supone una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva, una garantía esencial prevista en la Constitución.

Esta falta de motivación, según los magistrados, impide a las partes y a la Sala conocer el proceso lógico-jurídico que ha conducido al fallo, contrastar la "razonabilidad" de la sentencia y controlar la aplicación del Derecho, por lo que declaran nulo el juicio, el veredicto y la resolución de la Audiencia Provincial.

El TSJA apunta que existe "un verdadero deber de motivación del veredicto por los jurados", establecido por ley. Esta exige que en el acta de la votación se recojan los elementos de convicción tomados en consideración pero también una sucinta explicación de las razones por las que el jurado ha aceptado o rechazado declarar determinados hechos como probados.

Puntualizan los magistrados del Tribunal Superior que es necesario que el jurado aclare qué información ha considerado de valor probatorio y por qué acepta unas declaraciones o unas pruebas periciales y por qué rechaza otras, así como los motivos por los que atribuye mayor credibilidad a unas o a otras.

Y estiman que eso no sucede en este caso, en cuyo juicio se presentaron pruebas periciales médicas contrapuestas sobre los golpes que recibió la víctima y con qué se produjeron que se consideran fundamentales para acreditar hechos tan importantes como la lesión que causó la muerte a Laínez. Y también porque aceptar unas declaraciones u otras supone determinar si el acusado tuvo intención de matar o solo de lesionar.

Sin embargo, el jurado, según el TSJA, se limita a citar y señalar, únicamente, las fuentes de prueba, "sin razonar o explicar, ni siquiera esquemática y sucintamente, por qué se ha inclinado por una u otra pericial".

Y el "déficit" más importante en el veredicto y su motivación es la falta de explicación de las razones por las que el jurado consideró que solo existió intención de lesionar y no de matar, "de manera que la muerte causada se produjo por imprudencia".