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CORONAVIRUS DESESCALADA

La DGA cree que ahora los juicios virtuales son una "opción posible"

La directora general de Justicia señala que la vía telemática reduce riesgos

La DGA cree que ahora los juicios virtuales son una "opción posible"
La DGA cree que ahora los juicios virtuales son una "opción posible"
G.A.

BARBASTRO.- El sistema aplicado en el juicio telemático celebrado el miércoles pasado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2, de Barbastro, que fue pionero en España, no se preparó de la noche a la mañana sino que fue el resultado de meses de trabajo previo para conseguir "una virtualidad real del uso", según manifiesta María Ángeles Júlvez, directora general de Justicia del Gobierno de Aragón.

Se enmarca entre el conjunto de mejoras que ha situado a la Comunidad Autónoma en una "posición puntera" para recuperar la normalidad en la Administración de Justicia, donde las salas virtuales son el resultado del trabajo de modernización e incorporación de medios tecnológicos donde esta herramienta de trabajo se implantó hace nueve meses. En el Juzgado de Barbastro se siguió el mismo sistema que está operativo en las demás sedes de Aragón.

El juicio sobre un asunto de familia, de modificación de medidas, se celebró sin incidencias técnicas y puso de manifiesto que el sistema de salas virtuales "puede ser de utilidad relevante en los meses próximos desde el punto de vista preventivo al evitar la acumulación de personas en salas donde se celebren la vistas", señaló Júlvez en declaraciones facilitadas por el Gobierno de Aragón.

En este sentido, recordó que el Juzgado de Primera Instancia de Barbastro número 2 y también el número 1 fueron pioneros en la implantación del expediente judicial electrónico, en abril de 2018, y que en el juicio solo participaron de forma presencial la jueza titular, Jéssica Fernández, el letrado de la Administración de Justicia y un auxilio judicial. Las abogadas de ambas partes participaron desde sus despachos en Zaragoza y en Monzón y la fiscal de Huesca lo hizo desde el suyo sin necesidad de presencia física en la sala.

En la misma línea, destacó que "la posibilidad de videoconferencia desde una sala virtual en el ámbito judicial es ahora mismo una opción posible. Supone que haya menos afluencia de público en edificios judiciales, menor riesgo para los participantes ya que si uno de los intervinientes está en cuarentena o es baja por enfermedad no es necesario que vaya debidamente protegido ni suspender el juicio porque se puede recurrir a la vía telemática", indicó la directora general de Justicia.

Al mismo tiempo, informó de que "todos los juzgados, salas y secciones judiciales de la Comunidad Autónoma están en condiciones de ofrecer esta posibilidad de videoconferencia a través de una sala virtual y de contribuir, en parte, a recuperar el ritmo habitual de señalamientos de causas, bien entendido que su uso preferencial, en estos momentos, tiene que ser una decisión del titular de la sede donde se celebre la vista".

En la práctica, "estas dotaciones telemáticas ya han permitido, en este tiempo de confinamiento, que una sección o sala pueda usar el sistema para la deliberación y fallo de sentencias, dictadas entre los tres magistrados de una sección, que pueden ver el documento que examina el ponente y acceder a él para continuar la deliberación".

Las salas virtuales permiten celebrar juicios orales (con preferencia, civiles del orden social y contencioso-administrativo) sin estar presentes todas las partes y participantes en el mismo lugar. Además, cada una de las sesiones se graba a través del sistema E-Fidelius con lo que se descarta cualquier tipo de manipulación y se solventa con el necesario rigor el requisito ineludible de la garantía procesal.

El real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, establece medidas de carácter organizativo y tecnológico destinadas a afrontar de forma inmediata las consecuencias que ha tenido la crisis de la covid-19 sobre la Administración de Justicia para garantizar la protección de la salud de las personas y minimizar el riesgo de contagio hasta tres meses de su finalización en juicios, comparecencias, declaraciones, vistas y actos procesales que se realizarán, con preferencia, mediante presencia telemática.