Aragón

CRISIS DEL CORONAVIRUS

Un juzgado condena por tercera vez a la DGA a suministrar equipos de protección individual (Epis)

Estimada la demanda de Fasamed en relación a los trabajadores de Zaragoza

Un juzgado condena por tercera vez a la DGA a suministrar equipos de protección individual (Epis)
Un juzgado condena por tercera vez a la DGA a suministrar equipos de protección individual (Epis)
EFE

HUESCA.- El Gobierno de Aragón, el Servicio Aragonés de Salud (SAS) y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) han sido condenados por tercera vez por un juzgado a proporcionar equipos de protección individual (Epis) frente al coronavirus. La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza estima la demanda presentada por el sindicato de sanitarios Fasamet contra las tres administraciones y rechaza las alegaciones de "fuerza mayor" realizadas por las demandadas para justificar que no les sea exigible el cumplimiento de sus obligaciones, en materia de prevención.

El fallo condena a proporcionar a los empleados públicos sanitarios, médicos/as y enfermeros/as, sanitarios, asistenciales o no, que prestan servicios en centros de trabajo ubicados en la provincia de Zaragoza, los "equipos de protección individual adecuados por riesgos de exposición ante el agente biológico virus SARS-CoV-2 y el riesgo de contagio o infección desarrollando la enfermedad covid-19 y reponerlos cuando sea necesario, previa evaluación individual del riesgo y en función del grado de exposición al riesgo a que están sujetos en el desarrollo de su trabajo o prestación de servicios, en cumplimiento estricto de la legislación de prevención de riesgos laborales". La juzgadora recuerda a las administraciones públicas que la Ley 5/2014 de 26 de junio de Salud Pública de Aragón contempla tanto los principios generales de acción en salud pública, recogidos en la Ley General de Salud Pública, como el principio de prevención según el cual "las actuaciones públicas en materia de salud pública se inspirarán de forma prioritaria en los objetivos de detectar, anticiparse y evitar los posibles daños a la salud de la población, abordando especialmente los diversos determinantes de la misma". Concluye que las administraciones demandadas han incurrido en una infracción en materia de prevención de riesgos laborales y han vulnerado "de forma innegable" el derecho a la integridad física del personal sanitario.