Aragón

ALTO ARAGÓN - BIENES RELIGIOSOS

El Tribunal se reunirá el día 23 para estudiar si admite el conflicto de la Generalitat sobre los bienes religiosos

El abogado de la Diócesis indica que se trata de un "procedimiento dilatorio" para retrasar la ejecución de la sentencia

El Tribunal se reunirá el día 23 para estudiar si admite el conflicto de la Generalitat sobre los bienes religiosos
El Tribunal se reunirá el día 23 para estudiar si admite el conflicto de la Generalitat sobre los bienes religiosos
Á. H.

BARBASTRO.- El Alto Tribunal de Conflictos de Jurisdicción se reunirá el próximo 23 de septiembre para estudiar la admisión o no del conflicto de jurisdicción planteado por la Generalitat de Cataluña y el Consorcio del Museo de Lérida tras la decisión de Carlos Lobón, titular del Juzgado de Primera Instancia, de no inhibirse en el procedimiento relacionado con la Sentencia que ordenó la devolución de 111 obras al Obispado de Barbastro-Monzón, representante legal de 49 parroquias propietarias de la colección depositada en el Museo de Lérida.

El conflicto se remitió, en febrero de 2020, al Presidente del Tribunal de conflictos para que resuelva y según informó Joaquín Guerrero, abogado que defiende los intereses diocesanos, la respuesta se conocerá en el transcurso de los diez próximos días. En todo caso, indicó que "en el 90% de los casos, el Tribunal admite el conflicto aunque eso no significa que la decisión posterior sea favorable. Está claro que es un procedimiento dilatorio sin más finalidad que retrasar la posible ejecución provisional de la Sentencia".

En este aspecto, se mostró "optimista, es lógico que el juez no se inhiba porque tampoco lo hizo cuando se lo planteó el Consorcio con antelación al juicio oral celebrado en Barbastro. El magistrado ya lo rechazó con mucha firmeza y lo normal es que no se modifique su decisión". Guerrero se remitió a la situación similar originada en el litigio de Villanueva de Sijena, "admitieron el conflicto pero declinaron que la jurisdicción no fuera otra que Huesca". Los abogados del Obispado de Barbastro-Monzón y del Gobierno de Aragón ya presentaron sus alegaciones y mientras no resuelva el Alto Tribunal, se paraliza la posible ejecución provisional de la sentencia que ordena la devolución de 111 obras al Obispado.

El conflicto ha llegado hasta el Tribunal Supremo tras la decisión del juez de no inhibirse y mantener la jurisdicción en el procedimiento sobre la Sentencia que ordenó la devolución de 111 obras de arte al Obispado de Barbastro-Monzón, representante de 49 parroquias propietarias de la colección depositada en el Museo de Lérida. Desde la parte catalana se argumenta que el juez carece de competencias en materia de patrimonio cultural sobre la colección catalogada entre 1810 piezas del Museo de Lérida que se incluyeron en el Catálogo del Patrimonio Cultural Catalán el 20 de mayo de 1999.

El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón (coadyuvante) recuerdan el precedente del proceso de nulidad de ventas del tesoro artístico de Sijena y la Sentencia 1/2015 del Alto Tribunal de Conflictos que sentó doctrina sobre la competencia para ejecutar del Juzgado número 1 de Huesca. A partir del precedente, el Alto Tribunal y el Tribunal Constitucional declararon que el lugar donde irían las piezas no lo determinaría la Generalitat sino el propio Juzgado.

Además, se rechazaron los argumentos que defiende la parte catalana sobre la "supuesta colección indivisible" de 1810 piezas que incluye 111 obras de las parroquias aragonesas que, por Sentencia, deben devolverse al Obispado de Barbastro-Monzón. En términos administrativos se considera "cosa juzgada" y por otra parte, "la Generalitat sabe, perfectamente, los efectos vinculantes porque se trata de sentencias firmes y ningún conflicto de jurisdicción podría derogarlas ni contrariarlas porque lo prohíbe la Ley de Conflictos".

PROHIBICIÓN PROVISIONAL DEL TRASLADO DE LAS OBRAS

En las alegaciones, el Consorcio pide que no se adopte ninguna medida provisional como sería el traslado de los bienes para su depósito judicial y en todo caso, fuera de Aragón. La ley contempla la adopción de medidas cautelares provisionales y el Consorcio plantea que "se podría acordar la prohibición provisional de traslado de piezas o su embargo preventivo.

En todo caso, expone diferentes motivos y razones para que no se proceda y reitera que las 111 obras forman parte de la colección del Museo Diocesano y Comarcal de Lérida incluida en el Catálogo del Patrimonio Cultural Catalán".

En la historia de litigios de Sijena y Barbastro-Monzón por devolución de obras de arte es la segunda vez que el conflicto se traslada al Tribunal Supremo tras el precedente de Sijena que fue el 1/2015. En este caso se registró con el 1/2020 y por tanto será el primero para resolver según fuentes consultadas.