RECLAMACIONES LABORALEES
La DGA condenada por incumplir el derecho de antigüedad de personal de cocina de comedores escolares
Las demandas han sido interpuestas por CC. OO.

La Diputación General de Aragón ha sido condenada a través de varias sentencias por incumplir el derecho de antigüedad para el personal fijo discontinuo del personal de cocina de comedores escolares en centros públicos, según ha informado CCOO en Aragón. Además, el cien por cien de la plantilla que conforma este colectivo se encuentra en situación de precariedad, con contrato fijo-discontinuo, según los datos facilitados por el sindicato.
La secretaria de Acción Sindical de CCOO del sector autonómico DGA, María Lobera; la delegada de CCOO de la Federación de Enseñanza, Arancha García-Carpintero; y el oficial primero cocinero de un centro escolar público de Huesca, Pedro Sánchez, han expuesto el estado de la situación de este colectivo profesional y sus reivindicaciones.
"Hemos conseguido que se reconozca el derecho a que no haya discriminación entre personas que tienen unas relaciones contractuales precarias", ha indicado Arancha García-Carpintero, en referencia a las personas que trabajan en las cocinas de los comedores escolares dependientes de la DGA. En este caso, se considera 'precarios' aquellos contratos de jornada parcial o de menos de doce meses como correspondería a su actividad.
Estos trabajadores cuentan con contratos fijos discontinuos, es decir, que al menos dos meses al año, figuran como desempleados. Así, el cien por cien de la plantilla de personal de cocina de los comedores de centros de gestión directa se encuentra en una situación de precariedad, con contratos fijos discontinuos, según han subrayado desde el sindicato.
En este sentido, cerca de 900 miembros de la plantilla de la Administración autonómica se encuentran en una situación de precariedad laboral, de los cuales, 160 son trabajadores de cocina de los comedores escolares, 62 en Huesca, 32 en Zaragoza y 12 en Teruel. El resto, pertenecen a las plantillas de auxiliares de Educación Especial y Técnicos de Jardín de Infancia de centros de titularidad pública.
Las secciones sindicales de CCOO personal laboral informaron, en octubre de 2020, al Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, responsable de este colectivo, de su derecho al reconocimiento a efectos de trienios de los periodos inactivos a los que están obligados, por unas condiciones de contratación "precarias e injustas".
El colectivo de Comedores Escolares, que comprende las categorías profesionales de Oficiales 1ª Cocineros, Oficiales 2ª Ayudantes y algún Personal Especializado en Servicios Domésticos, fundamentalmente compuesto por mujeres, comenzó sus reivindicaciones en 2017.
Esto es así porque se han visto "obligados" a asumir funciones de categorías superiores e inferiores, debido a la infradotación de sus plantillas, no cuentan con ratios, ni con profesionales para sustituciones, tampoco hay posibilidad de disfrutar de sus vacaciones o días de libre disposición dentro del calendario escolar, ha enumerado el oficial 1º cocinero de un centro escolar público de Huesca, Pedro Sánchez.
Dichas peticiones se expusieron en una comparecencia en las Cortes de Aragón, ante todos los grupos del Parlamento regional, los cuales trasladaron su "total apoyo" para dignificar la situación de los trabajadores de comedores escolares de gestión directa. "Hoy podemos decir que han faltado a su palabra", ha considerado García- Carpintero.
Especialmente, se ha referido al consejero autonómico de Educación, Felipe Faci, y la secretaria general técnica del Departamento de Educación, Estela Ferrer, sobre quienes ha dicho lo siguiente: "Desde 2018 hasta 2020 nos reunimos con ellos para nada, para no cumplir su palabra mal dada".
"El Gobierno autonómico ha hecho oídos sordos, forzando a judicializar un asunto completamente pacificado", han criticado desde CCOO, puesto que el reconocimiento ha venido impuesto por el Auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de octubre de 2019, que considera discriminatorio el trato al personal con actividad fija discontinua, respecto a la contabilidad del tiempo de trabajo a efectos de antigüedad y retribución.
La jurisprudencia española lo ratifica en la sentencia del Tribunal Supremo 4219/2019, en la que se reconoce el derecho de antigüedad del personal fijo discontinuo por todo el tiempo de la relación laboral y con la máxima amplitud posible.
En definitiva, las sentencias firmes que se han dictado en juzgados de Zaragoza, Huesca y Teruel han reconocido a este colectivo que su antigüedad debe ser tenida en cuenta desde que se inicia la relación contractual y no solo durante el tiempo de actividad.