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AGRICULTURA 

"Malestar" por la prohibición de quemas agrícolas y selvícolas por una ley estatal

El Gobierno de Aragón publica una orden para aplicar la excepcionalidad por sanidad vegetal

Quema de restos de una poda.
Quema de restos de una poda.
GOBIERNO DE ARAGÓN

La prohibición, con carácter general, de la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola que establece la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ha creado “malestar” entre los agricultores de Aragón, que únicamente tendrán posibilidad de deshacerse de estos restos mediante su quema por cuestiones de sanidad vegetal. Si no, tendrán que picarlos, triturarlos o llevarlos a zonas habilitadas para su destrucción.

La citada ley estatal, que en su artículo 27.3 dice textualmente que “con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola”, permite únicamente la quema de estos residuos de manera excepcional por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento y contando siempre con la correspondiente autorización.

Ante esta disposición, el departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón ha emitido una orden (publicada en el Boletín Oficial de Aragón del pasado viernes, 14 de octubre) para que se puedan realizar quemas amparadas en medidas fitosanitarias y siempre de manera excepcional. Los requisitos para obtener permiso son: la presentación de la solicitud, que la parcela esté inscrita en el Regepa (Registro General de la Producción Agraria), que conste el motivo fitosanitario de la quema y que la petición se acompañe obligatoriamente de un informe técnico que verifique el problema sanitario.

Así lo señalan desde la organización agraria Uaga, cuyo secretario general, José María Alcubierre, señala que la ley estatal ha creado “malestar, sobre todo en zonas de árboles frutales y almendreras”. En este sentido, no duda en apuntar que “se ha legislado desde Madrid a prisa y corriendo y mal. No se dan cuenta de que el no quemar en invierno ciertos sitios donde no se haría ningún daño y se deshace así un polvorín seco, va a suponer que en verano va a haber mucho más riesgo”. Por ello, no duda en criticar lo que a su juicio es “desconocimiento de la realidad rural”.

Esta medida es aplicable entre octubre y mayo, ya que entre junio y septiembre no se puede hacer ningún tipo de fuego al ser la época de mayor riesgo de incendios forestales. Hasta ahora, quien en invierno quería hacer una quema agrícola o selvícola lo comunicaba en la correspondiente OCA (Oficina Comarcal Agroambiental) para obtener una autorización y la quema se podía hacer un día que figurara en verde en el mapa de riesgo de incendios de la DGA.