Monegros

MONEGROS - BIENES

El Fiscal insiste en que Puig declare en persona en el caso de los bienes de Sijena

El fiscal descarta la existencia de razones de "utilidad, seguridad o de orden público" que justifiquen la toma de declaración de Puig telemáticamente

El exconseller de Cultura de la Generalitat catalana Lluis Puig
El exconseller de Cultura de la Generalitat catalana Lluis Puig
Efe

La fiscalía de Huesca ha vuelto a reclamar que el exconseller de Cultura de la Generalitat catalana Lluis Puig declare presencialmente en el juicio previsto contra él y su antecesor en el cargo, Santi Vila, por la negativa de ambos a entregar los bienes del Monasterio de Sijena, en cumplimiento de una sentencia judicial.

Tras ver rechazada días atrás esta petición por el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, encargado de enjuiciar el caso, el ministerio fiscal ha recurrido en apelación ante la Audiencia de Huesca para insistir, con los mismos argumentos, en su reclamación.

En su recurso, el fiscal descarta la existencia de razones de "utilidad, seguridad o de orden público" que justifiquen la toma de declaración a Puig como acusado de forma telemática, "más allá de que se encuentra encausado y en rebeldía, con causa pendiente en el Supremo y con órdenes de detención y entrega cuya vigencia ha confirmado el Tribunal Constitucional".

Considera que el hecho de que un eventual traslado a España pueda suponer la detención del acusado por su implicación en el procés no es motivo de "utilidad, seguridad o de orden público" para la fiscalía.

En relación a la decisión del magistrado de rechazar la petición sobre la base de un informe elaborado al comienzo de la instrucción por la propia fiscalía oscense, hace casi cuatro años, el ministerio público precisa que sólo se pronunció a favor de la declaración que hizo desde Bélgica Puig por videoconferencia, pero no como acusado.

Destaca el fiscal que si no se hubiera tomado entonces declaración por videoconferencia a Lluis Puig, "hubiéramos estado a un procedimiento con reos ausentes", además de que se hubiera impedido un avance procesal de las diligencias practicadas.

Tras insistir en que dicha declaración por videoconferencia se permitió para que el acusado pudiera ejercer su derecho de defensa de "forma clara y precisa, sin limitaciones", la fiscalía se ampara en una resolución del Constitucional que incide en la necesidad de un "uso restrictivo" de este sistema.

Contra el recurso de la fiscalía se ha vuelto a oponer el representante legal del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, el letrado Jorge Español, quien recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal no obliga a un acusado sobre el que no pesa penas de prisión a comparecer presencialmente en el juicio.

En su escrito de alegaciones, Español destaca que "lo que puede que subyazca en el horizonte de este recurso es más bien una medida de política criminal del Gobierno español, pretendiendo que este asunto sirva a su vez para que Lluis Puig sea detenido nada más llegar a España, dado que tiene pendiente un asunto en la sala de lo penal del Supremo por el asunto del procés".

Este letrado se apoya en una reciente sentencia de la Audiencia Nacional para argumentar que en este caso, es el juez de lo penal de Huesca quien tiene la facultad de permitir que se celebre el juicio, señalado para el 4 de mayo próximo, "por videoconferencia o no".

Considera que sería "lógico y razonable" que Puig declare desde Bélgica al no tener aparejada prisión su petición de pena, añadiendo que "lo que ya no lo sería tanto es no permitirle declarar por videoconferencia para así ser detenido y presentado ante el Supremo".

Según Español, el alto tribunal español dispone de distintas fórmulas de cooperación judicial en el marco de la Unión Europea para conseguir la extradición del exconseller, fórmulas, añade, que "hasta ahora es público y notorio que no le han funcionado al Estado español".

El ministerio fiscal solicita para cada uno de los exconsellers penas de 11 meses de prisión y multa de 18 euros diarios durante once meses.

Por su parte, la acusación particular en nombre del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena solicita la misma condena de cárcel pero la eleva a 300 euros diarios durante 11 meses, así como dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

En el caso de Santi Vila, la acusación particular reclama, además, una condena añadida de 11 meses de prisión y de 300 euros diarios por un delito relacionado con su decisión de asumir responsabilidades judiciales que no le correspondían.