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SOMONTANO - ARTE RELIGIOSO

El Obispado alega contra la personación de la Generalitat en el juicio por el arte sacro

La vista oral se celebró el jueves y viernes de la semana pasada en el Juzgado de Barbastro

El Obispado alega contra la personación de la Generalitat en el juicio por el arte sacro
El Obispado alega contra la personación de la Generalitat en el juicio por el arte sacro
Á.H.

BARBASTRO.- El Obispado de Barbastro-Monzón ha presentado alegaciones contra la personación de la Generalitat como "parte afectada" en la demanda por vía civil cuya vista oral se celebró el jueves y viernes de la semana pasada en el Juzgado de Barbastro. El magistrado Carlos Lobón dio el plazo de 10 días para que las partes afectadas presentaran alegaciones como ha sido por el Obispado a través del abogado Joaquín Guerrero.

El juez desestimó la petición de la Generalitat de "acortar" este plazo legal para participar en la vista oral desde el principio, "situación que habría ocasionado una indefensión manifiesta" al Obispado y al Gobierno de Aragón como parte coadyuvante. En las alegaciones el Obispado rechaza que se tenga a la Generalitat como parte principal en el pleito como era su pretensión inicial, "ni reivindica ningún derecho de propiedad sobre las piezas ni tiene la detentación de las mismas al estar en el Consorcio del Museo de Lérida con su propia y diferenciada personalidad jurídica" según informó Joaquín Guerrero.

Se niega con rotundidad que "se retrotraiga el proceso y que se reanude el juicio desde el principio porque la Generalitat tuvo conocimiento puntual del desarrollo desde que se fijó la fecha del juicio, en septiembre de 2018, porque preside el Consorcio del Museo y además, ha habido información puntual abundante. Si se ha dormido para personarse en el pleito con antelación es porque forma parte de su estrategia dilatoria habitual".

Desde el Obispado se niega que la Ley Mieras, abril de 2006, de Protección del Patrimonio Catalán para sacar las obras del Museo, pueda "entorpecer" la devolución de las 111 obras que se reclaman. En este sentido explican que "el obispo Ciuraneta pidió permiso para disponer de ellas y donarlas a las parroquias aragonesas como si, alguna vez, hubiesen sido del Obispado de Lérida. Si no era el propietario, mal podía disponer como dueño para donarlas cuando, en realidad, solo tenía que devolverla conforme exigía la Congregación para los Obispos. Son situaciones distintas".

Por lo tanto, "la aplicación de Ley Mieras carece de sentido jurídico alguno" explicó el letrado aragonés. En este sentido, "la Generalitat alega que al ser piezas que forman parte de una colección inescindible del fondo de arte diocesano, no pueden salir de Cataluña sin autorización y en condiciones determinadas. Aspecto que no procede porque en varias sentencias del Tribunal Supremo, en 2015, quedó claro que la catalogación aragonesa de las 111 obras prevalece sobre la catalogación del patrimonio cultural de Cataluña, posterior".

Además, "deja de surtir efecto desde el momento en que las parroquias aragonesas, propietarias de las obras, solicitan su devolución". En nuestra opinión, "debe rechazarse que la Generalitat sea tenida como parte principal y en todo caso, aceptarla como parte coadyuvante del Obispado de Lérida y del Consorcio del Mueso, lo que implica que el pleito no dará marcha atrás y seguirá en el estado actual".

La catalogación del Gobierno de Aragón se inició en la etapa de Domingo Buesa, como Director General de Patrimonio del Gobierno de Aragón durante el mandato de Santiago Lanzuela y la concluyó Victoria Broto, consejera de Cultura del Gobierno de Aragón que presidió Marcelino Iglesias. Se distribuyen entre pintura (29), orfebrería (15), metalistería (21), muebles (4), libros (3), carpintería (1), escultura (11) y textil (27). En la colección, 28 Bienes de Interés Cultural (BIC) y 89 Bienes Inventariados en el Patrimonio Cultural Aragonés.