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SOMONTANO - BIENES

El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón piden multas de apremio no sustitutivas en la ejecución provisional de la sentencia

El objetivo es que "se entregue la colección completa con apercibimiento de que podría incurrirse en responsabilidad penal"

El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón piden multas de apremio no sustitutivas en la ejecución provisional de la sentencia
El Obispado de Barbastro-Monzón y el Gobierno de Aragón piden multas de apremio no sustitutivas en la ejecución provisional de la sentencia
Á.H.

BARBASTRO.- Los abogados del Obispado de Barbastro-Monzón y del Gobierno de Aragón han presentado "escritos aclaratorios" y alegaciones en el Juzgado de Instrucción número 1 de Barbastro en respuesta a la Providencia de la jueza que requiere la valoración de las piezas entregadas y que se especifique la cuantía de la multa.

En los escritos se aclara que Obispado y Gobierno de Aragón han pedido "multas de apremio, no sustitutivas" de 500 euros diarios durante cinco días al Consorcio del Museo y al Obispado de Lérida con "expreso apercibimiento" de incurrir en responsabilidad penal sin perjuicio de que se pueda solicitar, más adelante, el auxilio de la fuerza pública para el traslado de las 83 piezas restantes.

El valor de 28 piezas entregadas entre los días 15 y 22 de febrero, asciende a 51.535 euros y el de las 83 restantes a 7.656.135 euros, según precios de mercado aplicados en la tasación realizada por el perito del Museo de Lérida que fue Alberto Velasco. Así consta en los escritos de los abogados quienes indican que "la aplicación de multas es para forzar una conducta de hacer o abstenerse de hacerla, razón por la cual son tan altas".

Ahora bien, la aplicación del artículo 711 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) admite que "podrán ascender al 20% del precio o valor o bien multa única al 50% de dicho precio o valor". No significa que dichos porcentajes sean un mínimo sino que es un tope máximo y la multa puede ser la que considere oportuna la Autoridad judicial. En este caso, los límites máximos serían de casi 4 millones de euros.

Los abogados de la parte aragonesa no se plantean esta situación y se basan en el artículo 701 de la LEC que permite aplicar "multas de apremio" sin perjuicio de la entrega forzosa con el auxilio de la fuerza pública si fuera necesaria. Los apremios personales suponen el mandato del juez al ejecutado para que cumpla la obligación, "se pretende, por tanto, obtener ese cumplimiento".

En definitiva, la postura del Obispado y del Gobierno de Aragón es clara, "el cumplimiento íntegro de la sentencia que obliga a la entrega de 111 piezas antes del 15 de febrero. Lo relevante es la entrega de los bienes" Hasta ahora no ha sido así porque el Consorcio solo ha trasladado 28 piezas al Museo Diocesano, la mayoría en mal estado de conservación porque nunca se expusieron, lo que llevará consigo tareas de restauración y gastos añadidos.

En este sentido, "la petición de multas de 500 euros diarios durante cinco días es razonable porque se piden sanciones no sustitutivas con objeto de que se entregue la colección completa con apercibimiento de que podría incurrirse en responsabilidad penal". Respecto al calendario de entrega de las 83 piezas restantes, no constan fechas concretas y tampoco se ha informado al Obispado ni al Gobierno de Aragón que no tienen constancia oficial de que sea en marzo, como han publicado algunos medios informativos.