SD Huesca

TRIBUNALES

Cuatro años de prisión para dos de los detenidos del robo de El Alcoraz

El delito lo cometieron en 2017, el cabecilla del grupo falleció antes del juicio y otro miembro fue absuelto

Cuatro años de prisión para dos de los detenidos del robo de El Alcoraz
Cuatro años de prisión para dos de los detenidos del robo de El Alcoraz
R.G.

HUESCA.- La Audiencia Provincial de Huesca ha estimado en parte el recurso que presentó uno de los cuatro detenidos por el robo en las instalaciones de El Alcoraz el pasado 15 de junio de 2017, en el que fueron sustraídos 68.994 euros en metálico, y rebaja la condena de tres años y seis meses de prisión a dos años y seis meses, y mantiene la de un año y seis meses para la otra detenida, Catalina P.S. por robo con fuerza en las cosas.

El considerado cabecilla del grupo, Daniel G.C., encargado de planificar el hecho delictivo y con quien la acusada mantenía una relación sentimental, falleció antes del juicio. Y el cuarto acusado fue absuelto al no acreditarse su participación. En total, cuatro años de cárcel. Los cuatro, delincuentes habituales y con numerosos antecedentes de la misma naturaleza, fueron detenidos en dos fases, la primera el 20 de julio del mismo año cuando regresaron a Huesca para intentar asaltar de nuevo el estadio, y para llegar a ellos se chequearon hasta 19.000 matrículas y miles de teléfonos móviles, según informó la Policía Nacional cuando cerró el caso en noviembre de 2017.

Según se recoge en la sentencia judicial del 8 de enero del presente año, los ladrones hicieron uso “de un material muy sofisticado y especializado, con sistemas de inhibición de alarmas profesionales, mazas de grandes dimensiones, sacacorchos para forzar las cerraduras, etcétera”.

Los delincuentes iniciaron su asalto a las 01:30 horas del día 14 de junio de 2017, “saltando los muros que delimitan el estadio de fútbol, accedieron a su interior y, posteriormente, haciendo uso de un extractor (sistema sacacorchos), fracturaron el bombín de la cerradura de la verja de hierro que asegura las oficinas, accediendo a la puerta principal de aluminio que forzaron con una palanqueta o similar consiguiendo entrar al interior de las oficinas donde abrieron cajones y armarios en busca de todo el dinero en efectivo que pudieran encontrar, accediendo a un cuarto pequeño sitiado al fondo de dicha estancia, donde se encontraba una caja fuerte que consiguieron desanclar de la pared, rompiendo la puerta golpeándola con una mazo hasta conseguir que ésta se hundiera hacia dentro, pudiendo extraer así el dinero que se encontraba en su interior”.

Habían recorrido más de 400 kilómetros desde Madrid, “a sabiendas de que ese mismo día se había jugado el partido de fútbol Huesca-Getafe, pudiendo quedar en las instalaciones de la SD Huesca el dinero de la recaudación”. Una vez allí, señala la sentencia, forzaron las cerraduras de las puertas de acceso a las oficinas del estadio, rebuscando en todos los cajos y armarios para llevarse todo el dinero en efectivo que pudieran encontrar, en total 2.150,49 euros, hasta acceder al almacén situado al final del cuarto de oficinas donde se encontraba la caja fuerte, desanclándola de la pared usando la fuerza, y golpeando con un mazo de grandes de dimensiones la puerta de la caja fuerte hasta que consiguieron hundirla y acceder al dinero en efectivo que había en su interior, apoderándose de 61.756 euros (48.205 de la taquilla del Huesca-Getafe y 13.551 del Huesca-Numancia).. También consiguieron abrir la caja registradora de la tienda del club, apoderándose de 5.088,03 euros y de una mochila propiedad de la jefa de prensa del club, valorada en unos 20 euros.

Asimismo, se llevaron material deportivo que había en la instalación y que el club, que obviamente reclamó las cantidades sustraídas y los daños causados en las dependencias por el robo, no lo hizo sobre este particular ante la dificultad de concretar el perjuicio causado durante las aproximadamente dos horas que duró el asalto.

El delito de robo con fuerza se castiga con una pena de prisión de uno a cinco años si los hechos, como recoge la resolución judicial, se cometen en un establecimiento abierto al público o en cualquiera de sus dependencias, fuera de las horas de apertura. “No concurriendo respecto de la acusada, Catalina P.S., circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, atendiendo a las particularidades del caso, la planificación del hecho, la elevada cantidad sustraída y valorando igualmente las condiciones personales y familiares de la acusada, procede la imposición de una pena de 18 meses de prisión”.

Respecto al acusado, José Luis D.G., “concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia y atendiendo a la elevada suma sustraída”, le fue impuesta una condena de tres años y seis meses de prisión, que fue recurrida a pesar de la oposición de la Fiscalía. La Audiencia Provincial ha estimado en parte sus alegaciones que se basaban en la “lacónica alusión” a los antecedentes penales para estimarlos como una circunstancia agravante de reincidencia y por ello la Audiencia considera que estas circunstancias modificativas “tienen que estar tan probadas como el hecho mismo”.

Pero en contra de lo expuesto por el acusado, la Audiencia ratifica que “participó activamente en el robo desarrollando una violencia destructiva importante en las instalaciones, tanto en la pared como en la caja fuerte, a la importante cantidad de dinero sustraída, a la planificación del hecho y a la participación de varias personas en su desarrollo”. Considera una prueba irrefutable la muestra de ADN que se le practicó por sus huellas en dos botellas de Aquarius de medio litro que se dejaron los ladrones en la oficina.

Los dos acusados, señala la sentencia, deben indemnizar de forma solidaria a la SD Huesca con el dinero sustraído, 68.994 euros, así como hacerse cargo de los daños ocasionados en la instalación.