Huesca

TRIBUNALES

La Audiencia Provincial de Huesca absuelve a un condenado por coacciones en chats tras hacerse pasar por mujer

El tribunal provincial cree que no se ha probado que fuera él y refuta el fallo anterior

El Colegio de Abogados de Huesca rechaza las medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia
El Colegio de Abogados de Huesca rechaza las medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia
R.G.

HUESCA.- La Audiencia Provincial de Huesca ha absuelto a un hombre acusado, y condenado en primera instancia, por coacciones y lesiones psicológicas tras hacerse pasar por una mujer en chats y ofrecerse para relaciones sexuales, lo que provocó que la afectada recibiera "múltiples e intempestivas llamadas" y que hizo que, sintiéndose acosada en su localidad de residencia (en otra región), se mudara a Huesca, aunque continuó recibiendo llamadas.

El tribunal provincial revoca así la sentencia inicial dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Huesca, que condenó al acusado a 15 meses de cárcel por coacciones y 2 años de prisión por lesiones psicológicas. En ambos delitos se consideró la agravante de abuso de confianza, ya que el condenado -ahora absuelto- es primo del marido de la víctima. En esa primera sentencia también se imponía una indemnización de 22.493 euros entre el daño moral, el delito de lesiones psicológicas y sus secuelas (un trastorno permanente y crónico causado por ese acoso telefónico).

Ahora, en un fallo notificado este viernes, la Audiencia Provincial absuelve al hombre atendiendo al recurso presentado por su abogado, Ricardo Orús. El tribunal acepta que la pericial informática hecha por la Guardia Civil no demuestra que fuera el acusado quien se hiciera pasar por la mujer en esos chats. Además, resalta que otro usuario usó el mismo "nick" pero desde otra ciudad del país y no se le investigó.

También da por válido que de la relación entre los implicados, "buena" y "cordial" antes los hechos, "tampoco resulta fácil imaginar siquiera el móvil" para perpetrar estos delitos.

"Ni la Policía ni la Guardia Civil accedió al contenido de esos chats y nunca se ha podido saber qué dijo" el acusado, expuso Orús, quien se declaró satisfecho de que la Audiencia Provincial "sí haya profundizado" en este punto.

La sentencia es recurrible en casación ante el Supremo. La acusación está estudiando en detalle el fallo para tomar la decisión, que también dependerá del "ánimo" de la víctima, ya que "el problema, aparte de económico, es emocional y se tendrá que valorar", indicaron fuentes de la acusaciónl