Huesca

CIVISMO

Ya es obligatorio en Huesca que los propietarios limpien los orines de sus animales

Ya está en vigor la Ordenanza del Ayuntamiento de Huesca que afecta a los propietarios de mascotas

Ya es obligatorio en Huesca que los propietarios limpien los orines de sus animales
Ya es obligatorio en Huesca que los propietarios limpien los orines de sus animales
S.E.

HUESCA.- Desde la media noche de este lunes las autoridades pueden multar a aquellos propietarios de mascotas que no limpien los excrementos en la vía pública, así como a los que permitan que los orines de sus perros afecten al mobiliario urbano.

Y es que, este 1 de febrero ha entrado en vigor la modificación de la Ordenanza municipal de Seguridad y Convivencia del Ayuntamiento de Huesca que se aprobó en el Pleno el pasado mes de diciembre.

Dicha ley obliga a inscribir a los animales de compañía en el censo municipal según lo previsto en las disposiciones del Gobierno de Aragón.

Además, los poseedores de animales deberán recoger y limpiar los excrementos del animal inmediatamente y de forma conveniente, por lo que para ello, los que porten animales están en la obligación de llevar una botella -con agua limpia o mezclada con vinagre- con capacidad suficiente para este menester.

Así mismo, se deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que los perros orinen en árboles, plantas, césped, entradas a viviendas o locales, escaleras, mobiliario urbano e instalaciones verticales.

En cuanto a las deposiciones, el propietario deberá depositar los excrementos dentro de bolsas impermeables perfectamente cerradas en las papeleras u otros elementos de contención indicados por los Servicios Municipales.

En caso de que se produzca la infracción de esta norma, los agentes de la autoridad municipal requerirán al propietario o a la persona que condujese el animal en ese momento, para que proceda a retirar las deposiciones.

En lo que respecta a la presencia de animales en parques y zonas verdes, se permite el acceso de los canes a los parques por los viales, siempre y cuando no causen molestias a las personas o se acerquen a juegos infantiles, pero siempre atados con correa y bozal, en el caso de que sea necesario. Además, el acceso directo de los animales a las fuentes de agua potable también está prohibido.

INFRACCIONES

No adoptar las medidas necesarias para que los animales orinen en la vía pública será considerada infracción leve, mientras que la presencia de perros en zonas ajardinadas causando daños a las plantas, está considerada como grave.