Huesca

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Se suspenden temporalmente las últimas restricciones de la hostelería en Aragón

El TSJA da la razón al sector, que había presentado un recurso contra las medidas adoptadas

terrazas
 foto pablo segura 
9 - 7 -21
Terrazas de Huesca.
foto pablo segura

Los magistrados de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han acordado este lunes la suspensión cautelarísima de las restricciones aplicadas a la hostelería y restauración por el Gobierno autonómico que entraron en vigor el pasado viernes día 9 tras dispararse los casos de covid-19 en la Comunidad. 

En concreto, la decisión del TSJA impugna los puntos 5.1.a y 5.1.q. de la Orden SAN/790/2021, de 8/7/2021, de modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza. La solicitud para la suspensión cautelarísima había sido presentada por la Asociación de Empresarios de Cafés y Barés de Zaragoza y provincia y por la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza.

Así, en los preceptos ahora impugnados de la citada orden, se establecía un aforo del cienc por cien, con grupos máximos de 10 personas por mesa. En el interior este aforo era del cincuenta por ciento, con agrupaciones máximas de 6 seis personas por mesa. Además, quedaba prohibido de nuevo el consumo en la barra y se adelantaba a las 23.00 horas el cierre de los establecimientos de hostelería. El consumo en barra dejaba de estar permitido.

A los establecimientos de ocio nocturno se les permitía desarrollar su actividad sin superar el 50 por ciento de aforo en el interior del local y el 100 por cien en las terrazas al aire libre, sin que el horario de funcionamiento puediera superar las 00:30 horas, siempre que lo permita la correspondiente licencia municipal, no admitiéndose nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. No se permitía asimismo el consumo en barra ni el uso de la pista de baile.

Según se recoge, además, en el auto, no se ha acreditado o justificado en la Orden que las actividades que se pretende restringir estén directamente relacionadas con el brote nocturno

Nacimiento de nuevos brotes

Argumentan así los magistrados en el auto que "no consta (...) una directa relación entre la hostelería y el nacimiento de los nuevos brotes, ni se puede ver como inevitable que el mantenimiento (...) de los horarios de mayor apertura, o el del aforo del 75%, dé lugar a un incremento de los contagios". 

Además, "el hecho de que la mayor parte de la población más vulnerable esté vacunada forzosamente reduce la gravedad de eventuales brotes y su repercusión en el sistema hospitalario, y que por tanto la decisión de las medidas no pueda esperar a que se resuelva la medida cautelar".

"En definitiva, como es público y notorio, han sido los viajes de fin de bachillerato, así como las fiestas ligadas al fin de curso, a menudo con características de 'botellón', como se ha podido ver en los medios de comunicación, los que han generado los nuevos brotes, surgidos en las zonas de costa y posteriormente exportados al interior", se puede leer en el auto.

Atención a los erte

El auto del TSJA recoge, por otra parte, que las actividades de hostelería se han visto restringidas durante el último fin de semana, cuando sólo una semana antes, el 30 de junio de 2021 - por la Orden SAN/753/2021, de 30 de junio, de declaración de nivel de alerta sanitaria 1 se había llevado a cabo "una importante apertura en las restricciones", "lo que hizo sin duda que muchos de los negocios sacaran del expediente de regulación de empleo (erte) a sus empleados, o tal vez incluso contrataran personal, y con seguridad harían nuevos pedidos de materia prima, todo ello en un sector que ya está pasando por un periodo durísimo de baja de la actividad". "Es decir, en el marco de 8 días se ha cambiado totalmente el panorama, desde lo que parecía una apertura con vocación de permanencia (...)", prosigue el comunicado.

En ese nivel 1, recuerdan desde el TSJA, se permitió así en los establecimientos de hostelería aforos del 75 % en interior, consumo en barra, ampliación de horarios, mesas con 10 ocupantes en interior y 15 en exterior a una nueva restricción "con especiales efectos en el ocio nocturno, recién abierto" y al que se permitía cerrar a las 3.00 horas de la madrugada.

En restauración

El auto hace referencia también a los perjuicios causados a la hostelería tra la imposición de nuevas restricciones el pasado fin de semana. "Hay que considerar que una expectativa de cierre a la 1:00 permitía, en restaurantes y bares con comidas, prever dos turnos de cenas, por ejemplo, con la consiguiente necesidad de personal y de género. Obviamente en el ocio nocturno el horario puede ser determinante para que se abra, dado que en gran medida se nutre de quienes antes han estado en otros establecimientos y que acuden a los de ocio a tomar una copa después de cenar", señala el auto.

El Gobierno de Aragón dispone asimismo hasta el próximo 16 de julo a las 14:00 horas para hacer sus alegaciones sobre mantenimiento, levantamiento o modificación de la medida acordada por la Sala del TSJA.