Huesca

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Un Juzgado de Huesca condena a una mujer por agredir ebria a un hombre

Deberá pagar una multa de 480 euros por las lesiones causadas

Palacio de Justicia de Huesca.
Palacio de Justicia de Huesca.
Rafael Gobantes

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Huesca ha condenado a una mujer al pago de una multa de 480 euros por las lesiones causadas a un hombre de 76 años al que agredió por error tras conseguir que le abriera la puerta de su domicilio para que le devolviera unos zapatos que, gritó mientras aporreaba la puerta, "le habían costado 70 euros".

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal absuelve a la víctima del delito de lesiones leves que le imputaron la fiscalía y la acusación particular en representación de la agresora, que se encontraba bajo los efectos del alcohol, al entender que se limitó a defenderse de una agresión sorpresiva mientras se encontraba en su propia vivienda.

Los hechos ocurrieron sobre las 20.30 horas del 8 de agosto de 2019 en la vivienda del agredido, cuyo timbre tocó de forma insistente la acusada al tiempo que le reclamaba la devolución de unos supuestos zapatos que le habían robado.

Según el tribunal, el hombre, representado por el letrado oscense Alejandro Jiménez, miró por la mirilla y decidió no abrir la puerta al no reconocer a la mujer, aunque finalmente le franqueó el paso ante la insistencia mostrada por la agresora, que se abalanzó sobre el hombre nada más conseguir acceder al inmueble.

La sentencia considera probado que la mujer se golpeó en la cabeza contra un armario al caer al suelo con su víctima y que, posteriormente, agredió al hombre con un paraguas y después le tiró a la cabeza el teléfono móvil que llevaba éste en su camisa.

El magistrado considera, sin embargo, "poco fiable" el testimonio de la agresora, que alegó en su defensa que el hombre le atacó de forma intencionada, golpeándole hasta diez veces en la cabeza con un bastón.

Asegura que el relato de la mujer resulta "incoherente, vago e impreciso" y descarta que las lesiones que sufrió fueran causadas por el hombre, que, subraya, "se limitó a defenderse del ataque sorpresivo del que estaba siendo objeto en el interior de su propio domicilio por una persona para él desconocida".

El tribunal admite que la mujer se encontraba en el momento de ocurrir los hechos en un estado de gran agresividad potenciado por el consumo de alcohol y la condena, por un delito de lesiones leves con la atenuante de ebriedad, a dos meses de multa a razón de 8 euros por día así como al pago de una indemnización de 219 euros a su víctima.

El fiscal solicitaba para el hombre agredido la absolución del delito de lesiones leves que le imputaba al entender que actuó en legítima defensa, mientras que el representante legal de la mujer reclamaba 10 meses de multa a razón de 9 euros al día y el pago de una indemnización de 1.500 euros por las lesiones sufridas por su cliente.