Huesca

CORONAVIRUS

El TSJA rechaza suspender cautelarmente el pasaporte covid en Aragón

La solicitud se había realizado desde la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza

Petición del pasaporte covid en un local de ocio nocturno de Huesca.
Petición del pasaporte covid en un local de ocio nocturno de Huesca.
Pablo Segura

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado la aplicación de las medidas cautelarísimas (sin escuchar a la parte demandada) solicitadas por la Asociación Provincial de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de Zaragoza para suspender la aplicación del pasaporte covid en salas de ocio nocturno y eventos multitudinarios.

La resolución, a la que el tribunal suma otra con idénticos argumentos en respuesta a una petición de cautelarísimas por parte de la Asociación Liberum, descarta la urgencia de la medida reclamada y abre un periodo de diez días para la presentación de alegaciones por parte de las asociaciones demandantes, del Gobierno aragonés y de la fiscalía.

Los magistrados, que optan por seguir un procedimiento de medidas cautelares una vez oídas las partes, aseguran en sus autos que "sorprende" que en los escritos de las asociaciones no contengan referencia a los derechos fundamentales en concreto que se verían afectados por la implantación del pasaporte covid.

Descartan, además, la existencia de una "urgencia suficiente" que justifique la adopción de la medida solicitada, ya que en los escritos presentados no ha sido acreditada ninguna especial afección a un derecho fundamental que permita acordarla sin oír antes a todas las partes personadas.

A su juicio, "no se perjudica la suerte del recurso en este caso, por el hecho de atender a lo que deba decir la administración demandada, así como el ministerio fiscal en los plazos previstos legalmente al efecto, caracterizados asimismo por su brevedad".

Argumentan los magistrados a renglón seguido que es "obligada" por tanto la tramitación del incidente planteado como medida cautelar, lo que requiere de forma previa escuchar las alegaciones de la fiscalía y de la administración demandada, "en tanto que de un procedimiento especial de protección de derechos fundamentales se trata".

Así, la sala rechaza la aplicación de la medida solicitada y acuerda su tramitación como un incidente cautelar a resolver una vez oídas todas las partes