Opinión
Por
  • Laura Alins Rami

¿Quién protege al menor?

niños
Fotografía de archivo de escolares.
D.A.

El Congreso de los Diputados aprobó hace unos días el Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Esta nueva ley, habida sin debate social, que ha pasado de puntillas en los medios de comunicación, y curiosamente apoyada por formaciones políticas que se tildan de liberales, sigue la línea de sus predecesoras en su desprecio por la familia y la libertad. Podría decirse que consagra la tristemente popular frase de la ministra Celáa: “No podemos pensar de ninguna manera que los hijos pertenecen a los padres”.

Por supuesto que el menor debe ser protegido contra todo tipo de violencia doméstica o externa; nuestra legislación ya posee instrumentos para ello. Además ahí tenemos el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica –Estambul 2011-, alejado de todo cariz ideológico y al que España pertenece desde 2014

Por eso lo preocupante de esta nueva norma es “la incorporación de la perspectiva de género en el diseño e implementación de cualquier medida relacionada con la violencia sobre la infancia y adolescencia”(art. 4 i). Esta normativa, como ella misma relata, envuelve de un sesgo ideológico de género las necesidades y la protección del menor.

La prioridad de la ley es “superar los estereotipos de género, de carácter sexista, racista, estético, homofóbico o transfóbico” (art. 3j) y promover el “cambio de actitudes en el contexto social”(art. 21); eso sí, un cambio acorde a los criterios interesados del legislador.

A estos efectos los niños, en todas las etapas educativas, serán “formados” obligatoriamente en igualdad de género, diversidad familiar, educación afectivo-sexual (art. 28); así como en las vías y mecanismos de denuncia y protección para cuando sean víctimas de discriminación o violencia por identidad de género, orientación sexual u otras. La denuncia la puede hacer el menor sin necesidad de ser acompañado por un adulto.

Todas las formas de violencia previstas en la nueva ley deberán ser denunciadas (además de por cualquier ciudadano) por cónyuges, padres, hermanos o hijos del agredido, debido a que modifica el artículo 261 del Código Penal, que actualmente exime a estos familiares. Esto puede resultar sumamente peligroso cuando la definición del delito está viciada por la ideología.

Además esta norma otorga la atribución de autoridad pública a funcionarios públicos de los servicios sociales (art.39), asignándoles así, en la tutela del menor, mayores funciones de las específicas de su labor.

Todos los profesionales que tengan contacto habitual con menores deben ser “formados” y conocer el impacto de los roles y estereotipos de género en la violencia que sufren los menores. A todos estos efectos la burocracia administrativa se complica y multiplica: aparece la figura del Coordinador de bienestar en los centros educativos; la Oficina de Asistencia a las Víctimas; La Comisión frente a la violencia de niños, niñas y adolescentes; convenios entre administraciones; programas de prevención; protocolos contra abuso, maltrato y violencia de género; planes de formación continua de profesionales…

Los padres tampoco se salvan: “Las administraciones públicas elaborarán materiales formativos dirigidos al ejercicio positivo de las responsabilidades parentales o tutelares. Estos materiales… incluirán contenidos específicos referidos a combatir roles y estereotipos de género que sitúan a las niñas en plano de desigualdad y contenidos sobre la diversidad sexual y de género…” (art. 26.2). Es decir los padres, bajo el blanqueo de la protección a la infancia, recibirán también formación en las tesis y la perspectiva de género. El art. 3.b abunda en “el acompañamiento a las familias, dotándolas de herramientas de parentalidad positiva”. El Estado no sólo cercena el derecho de los padres a elegir el tipo de educación más acorde con sus principios, también se mete en el salón de su hogar para imponer allí su modelo.

Los padres podemos necesitar ayuda en nuestra labor educadora, pero la buscaremos en fuentes acordes con nuestra educación, cultura, moral, religión y tradiciones, no necesariamente en los parámetros estatales.

Esta ley arbitraria es un intento más de romper la identidad de la familia, un nuevo paso hacia el pensamiento único y hacia la tutela del Estado.