Sociedad

CONSUMO

Un estudiante de Huesca que no podía darse de baja del servicio de intenet

La OMIC le ayudó a recuperar el dinero que le cobraron de más

Un 86 por ciento de los jóvenes aragoneses entre 14 y 18 años compra habitualmente por internet
Un 86 por ciento de los jóvenes aragoneses entre 14 y 18 años compra habitualmente por internet
S.E.

Hoy os acerco el caso de Juan, joven estudiante de Huesca en Madrid. Al finalizar el curso en junio, él y sus compañeros de piso solicitaron la baja del servicio de internet, y devolvieron el router en la tienda que les indicaron.

Meses después, revisaron su cuenta bancaria y comprobaron que su operador de internet les había pasado un cobro de 50 euros por no devolver el router, y este cargo había generado en su cuenta bancaria unos intereses negativos de 39 euros, ya que era una cuenta que iban a cancelar.

Juan reclamó la devolución del importe cobrado, pero era casi imposible contactar con la compañía y no conseguía la devolución. Acudió entonces a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (Omic) del Ayuntamiento de Huesca y presentó la reclamación para recuperar ese importe. En la Omic comprobamos que era un cobro improcedente, ya que verificamos que el router había sido devuelto.

Iniciamos la mediación con la compañía reclamando la devolución del cargo improcedente, y la respuesta fue que el importe reclamado sería devuelto en el plazo de un mes en la misma cuenta donde se le había domiciliado la última factura.

Vencido el mes, Juan contactó con la Omic informando de que no había recibido la transferencia, y volvimos a contactar con el operador de internet telefónicamente. Estudiarían la incidencia y nos darían una respuesta.

El operador envió entonces un justificante de una transferencia a una cuenta de Juan, pero esta llevaba cancelada más de dos años y allí no estaban domiciliados los recibos. Juan acudió al banco para reclamar esos importes transferidos a la cuenta cancelada, pero el banco no le atendió.

Volvió a la Omic y se reclamó a la operadora que hiciera la devolución a la cuenta bancaria donde estaban domiciliados los pagos de internet. Y les reclamamos, además, la devolución de los intereses negativos de la cuenta bancaria. En total: 89 euros.

Habían pasado cinco meses desde que iniciamos la mediación y las explicaciones del operador de telefonía eran diferentes en cada contestación y Juan no recuperaba el importe reclamado. Por ello, reclamamos ante la Junta Arbitral de Consumo de Aragón por presunta irregularidad en la penalización.

Se celebró el arbitraje de consumo dando como resultado un laudo favorable al reclamante. La Junta ordenó a la empresa de telefonía que, mediante transferencia a la cuenta facilitada por el demandante, abonara los 89 euros. El laudo es vinculante y ejecutivo, con un mes de plazo para su ejecución. Así lo comunicamos a Juan, y pasado un mes y unos días, este comunicó que había recibido en su cuenta la cantidad reclamada, 89 euros. Había pasado un año desde el inicio de la tramitación.