Aragón

FASE DOS FLEXIBILIZADA

El BOA publica la orden por la que varias zonas de Aragón entran en Fase 2 flexibilizada

La orden justifica el retroceso en la evolución de los contagios detectados en las últimas semanas y su "preocupante progresión"

El BOA publica la orden por la que varias zonas de Aragón entran en Fase 2 flexibilizada
El BOA publica la orden por la que varias zonas de Aragón entran en Fase 2 flexibilizada
P.S.

ZARAGOZA.- El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este martes, 14 de julio, la orden del Departamento de Sanidad de la Comunidad autónoma por la que varias zonas de este territorio entran en Fase 2 flexibilizada con el objetivo de evitar la propagación de la COVID-19 y ante el aumento de casos de los últimos días. De esta forma, la Comarca Central, que incluye a Zaragoza ciudad, el municipio de Huesca y las comarcas de Cinca Medio, Bajo Cinca, La Litera, Bajo Aragón-Caspe entran en la Fase 2 flexibilizada desde este mismo martes, fecha en la que entra en vigor la orden.

Esta medida afecta a 870.000 habitantes, el 70 por ciento de la población aragonesa, y estará en vigor hasta que la autoridad sanitaria decida, tras valorar la situación epidemiológica en su ámbito territorial de aplicación, según se lee en la orden. En general, se persigue limitar las actividades públicas donde se puede producir una mayor acumulación de personas que pueda favorecer una transmisión de la COVID-19 y teniendo en cuenta que desde las 00.00 horas de este martes es obligatorio en Aragón el uso de mascarilla en todo momento con independencia de la distancia interpersonal.

La normativa indica que el aforo máximo permitido es del 75 por ciento en los establecimientos y locales comerciales minoristas, así como en centros y parques comerciales; en las piscinas de uso deportivo, recreativas y comunitarias; en cines, teatros, auditorios y en todo tipo de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales. En los locales de hostelería y restauración para consumo en el local, el aforo máximo permitido en su interior es del 50 por ciento y en las terrazas no podrá superar el 75 por ciento.

En ambos casos, solo se permitirá el consumo sentado en mesa o agrupación de mesas, no admitiéndose grupos superiores a diez personas en una misma mesa o agrupación de mesas.

OCIO NOCTURNO

Aquellos establecimientos de ocio nocturno que cuenten con la actividad de cafetería y restaurante habrán de limitar su actividad a la apertura de terrazas e interiores, con las mismas condiciones y requisitos que los restantes establecimientos de hostelería y restauración. Cuando exista en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse a su uso habitual.

En el conjunto de los centros educativos, tanto públicos, como privados, y demás actividades educativas o de formación, como autoescuelas o academias, así como en medios de transporte, en la práctica deportiva, en áreas de juego infantil y biosaludables, establecimientos y locales de juegos y apuestas se aplicarán las medidas propias de la nueva normalidad.

En los centros de servicios sociales, se aplicarán las normas contenidas en la orden de 8 de julio por la que se adoptan medidas de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria tras la finalización del estado de alarma, y para colonias y campamentos regirá lo establecido en la orden de 19 de junio por la que se adoptan medidas de prevención, contención y coordinación frente a la pandemia.

MOVILIDAD

La orden recomienda a todos los ciudadanos que tengan residencia habitual en las unidades territoriales en Fase 2 flexibilizada que limiten su movilidad fuera de las mismas, salvo que concurran circunstancias que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

Asimismo, se recomienda a todos los ciudadanos que no tengan residencia habitual en dichas unidades territoriales que eviten desplazamientos a las mismas, salvo que concurran las mismas circunstancias establecidas en el apartado anterior.

MOTIVOS

La orden justifica la Fase 2 flexibilizada en la evolución de los contagios detectados en las últimas semanas y su "preocupante progresión", tanto en la Comarca Central, como en el municipio de Huesca, que aconsejan "ante el evidente riesgo de reactivar la transmisión comunitaria en las dos zonas más densamente pobladas" de Aragón adoptar nuevas medidas de contención.

Respecto a las comarcas del Aragón oriental --La Litera, Cinca Medio, Bajo Cinca y Bajo Aragón-Caspe-- la orden recuerda que la aparición de brotes en el entorno laboral de trabajadores agrícolas temporales, tanto en explotaciones, como en industrias, multiplicó la incidencia entre 10 y 20 veces lo que obligó a su retroceso a Fase 2, y que ahora pasan a esta Fase 2 flexibilizada ante la mejoría de los brotes y para aplicar "medidas uniformes" en todo Aragón.

La orden precisa que objetivo final es lograr "el deseable equilibrio entre las medidas de salud pública y la necesaria reactivación económica tras la conclusión del estado de alarma y la finalización de las medidas de confinamiento establecidas durante el mismo".