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El juez anula el congreso del PAR que eligió a Aliaga presidente en 2021

El juez estima parcialmente la demanda interpuesta por el expresidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), Xavier de Pedro

Elena Allué felicita a Arturo Aliaga, este sábado en el Congreso del PAR en Zaragoza.
Elena Allué felicita a Arturo Aliaga en el Congreso del PAR.
E. P.

El titular del juzgado de primera instancia número 18 de Zaragoza, Diego Gutiérrez, ha anulado el congreso del Partido Aragonés que en octubre de 2021 eligió a Arturo Aliaga, actual vicepresidente del Gobierno de Aragón, presidente del PAR.

En su sentencia, fechada el 28 de noviembre y a la que ha tenido acceso Efe, el juez estima parcialmente la demanda interpuesta por el expresidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), Xavier de Pedro -que encabeza el sector crítico- por vulneración de su derecho a participar como militante en ese congreso en el que Aliaga revalidó su liderato en el PAR por 20 votos frente a su contrincante, Elena Allué.

El juez declara la nulidad del censo de militantes que elaboró la comisión organizadora del congreso, la nulidad de la lista definitiva de compromisarios y la nulidad del resultado.

Y condena al PAR a que, en sustitución de los acuerdos anulados, dicte otros "que restablezcan el derecho de asociación del demandante que ha sido vulnerado".

El juicio se celebró el pasado 23 de noviembre en Zaragoza para dirimir, a instancias de De Pedro, las irregularidades detectadas en el censo, en tanto en cuanto, según la demanda, se admitieron 311 afiliaciones el año del congreso a pesar de faltaban datos, avales, cuentas para la domiciliación de pagos e incluso se produjeron pagos colectivos.

En la sentencia, que no es firme y contra la que cabe presentar recurso de apelación, el juez reconoce el derecho de los afiliados a formar parte del partido y que su funcionamiento "respete las leyes y normas internas", todo ello "sin perjudicar a ninguno de sus integrantes ni privarles de sus legítimos derechos", por lo que la renuncia a ser compromisario no priva de la posibilidad de reclamar por las irregularidades cometidas "y que podían alterar la composición" del congreso.

Niega el juez declarar la nulidad de la convocatoria del propio congreso, pero sí que da la razón a De Pedro en cuando a la aprobación del censo.

Estima que no se ha acreditado que los 311 afiliados cuya inclusión se aprobó en 2021 hubiesen hecho la solicitud previa de afiliación, al no constar escritos o mensajes de solicitud ni copias de sus DNI ni los dos avales que exigen los Estatutos del partido.

Además, al juez le llama la atención, y lo considera "anómalo e insólito", el pago de 1.536 euros por parte de una sola persona para cubrir el importe de cuotas de un grupo de afiliados.

Concluye, por tanto, que el acuerdo por el que se aprobó el censo es "nulo por irregularidades formales que implican una vulneración de los Estatutos en cuanto a la admisión de afiliados" y que, por tanto, también son nulas las listas de compromisarios.

Los compromisarios, recuerda el juez, se determinan en función de porcentaje de militantes de derecho en cada comité del partido, por lo que las irregularidades pudieron alterar la composición de ese cuerpo electoral, por lo que el juez también anula los resultados del congreso de octubre, tomados por esos compromisarios elegido en función de un censo falso.

El juez no aprecia vulneración de los Estatutos respecto a la figura del "alcalde-militante", ya que había 12 por la provincia de Teruel y 8 por Zaragoza, algo que el magistrado achaca a la mayor implantación del PAR en la provincia bajoaragonesa, a pesar de tener claramente menos población.