Cinca Medio

CINCA MEDIO - JUSTICIA

La agresión del vecino de Monzón a su mujer le provocó la pérdida irreversible de olfato

Los forenses consideran que la patada que recibió en la cara le causó esta lesión

La agresión del vecino de Monzón a su mujer le provocó la pérdida irreversible de olfato
La agresión del vecino de Monzón a su mujer le provocó la pérdida irreversible de olfato
P. S.

HUESCA.- El caso del vecino de Monzón acusado de un presunto delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género al patear a su mujer en la cara en la mañana del 14 de mayo de 2017 ha quedado este martes visto para sentencia tras las pruebas forenses y médicas en las que han indicado que la pérdida completa de olfato o anosmia que sufrió la víctima es una consecuencia directa de la agresión y la patada que le propinó su marido.

En declaraciones a este periódico, Alejandro Giménez, letrado que defiende al acusado, ha reclamado una petición de condena por un delito de lesiones del artículo 148, y de forma alternativa, y "al no quedar acreditada la anosmia" propone al tribunal como alternativa "un concurso de delitos entre uno de lesiones y otro de lesiones graves, del artículo 152", en caso de que se confirme la pérdida del olfato de la víctima como consecuencia de la agresión por parte de los jueces.

Asimismo el letrado ha solicitado al tribunal las atenuantes para su representado de confesión, arrebato u obcecación y ludopatía. De atenderse la petición, el acusado, que se encuentra en el Centro Penitenciario de Zuera desde el 15 de mayo de 2017, quedaría en libertad provisional, al cumplirse el año y once meses de ingreso en prisión solicitados por su defensa

Además, su abogado pide que se mantena alejado 300 metros y durante tres años de su exmujer.

Todo ello ha sido rechazado de forma tajante por el Ministerio Fiscal y acusación por el riesgo de fuga, al no tener domicilio en España, sin trabajo ni recursos económicos.

Los letrados de la acusación, Pilar Bernad y Andrés Gallego, han expresado que mantienen sus peticiones iniciales de doce años de cárcel, 22 de alejamiento y 57.903 euros de indemnización, "al considerar que es lo que más se ajusta a los hechos ocurridos".

En declaraciones a los medios tras finalizar la vista oral de este caso, desde la acusación particular se han mostrado "satisfechos porque creemos que se han acreditado debidamente, por nuestra parte y el Ministerio Fiscal, todos los hechos".

En este caso, han explicado que de acuerdo al artículo 149 del Código Penal, "se aplica cuando se produce una pérdida en la persona que sufre la agresión de un órgano sensorial" como el olfato, circunstancia que consideran como agravante.

En este sentido, han argumentado que los médicos forenses han explicado que "esa pérdida es irreversible y definitiva". La petición máxima de doce años, comentan, "se debe a la aplicación de las agravantes de parentesco y alevosía, por la forma en la que se produce la agresión".

Este último hecho, destacan los letrados de la víctima, "se debe a que el agresor agarra a la víctima por detrás de la coleta sin que ésta tuviera posibilidad de defenderse, la tira al suelo y le da una patada en la cara", motivo por el que mantienen la solicitud de pena máxima para el agresor. También han indicado que durante los hechos, "no existe en ninguna parte de los atestados ni del expediente de la Guardia Civil que la mujer utilizara el cuchillo para amenazar a su marido".

También la Fiscalía mantiene las peticiones iniciales de condena para el acusado de once años de prisión, 21 años de alejamiento de la pareja y 57.903 euros de indemnización a la víctima. En su argumentación de conclusiones recuerda que la "anosmia postraumática" es producto de las fracturas producidas tras la agresión que califica de "dolo directo".

Tampoco contempla la atenuante de confesión o arrepentimiento del agresor al tener que ser convencido por un amigopara relatar los hechos a la Guardia Civil. Y, según la Fiscalía, tampoco contempla los atenuantes de arrebato "al no estar el acusado bajo los efectos de una circunstancia que le privara de su voluntad" ni de ludopatía"pues no alteraban sus capacidades según los informes médicos". En base a estos informes, la fiscal ha reconocido que el acusado "tenía un problema en el control de  sus impulsos pero que estos no alteraban sus capacidades".