SD Huesca

FÚTBOL - S.D. HUESCA

La Federación Española solo propone una sanción en su "grado mínimo" a Galindo por las apuestas de los implicados en la Operación Oikos

El expediente a Agustín Lasaosa debe ser sobreseído y el Huesca no debe ser sancionado según la resolución

La Federación Española solo propone una sanción en su "grado mínimo" a Galindo por las apuestas de los implicados en la Operación Oikos
La Federación Española solo propone una sanción en su "grado mínimo" a Galindo por las apuestas de los implicados en la Operación Oikos
P.S.

HUESCA.- Juan Antonio Landaberea Unzueta, instructor del expediente extraordinario abierto por la Real Federación Española de Fútbol con respecto a la denuncia presentada por presunto amaño por apuestas en el encuentro que disputaron la SD Huesca y el Nàstic, correspondiente a la jornada 41 de la temporada 2017-18, ha propuesto el sobreseimiento a Iñigo López, Agustín Lasaosa, Borja Fernández, Borja Gómez, Carlos Caballero y Samu Sáiz.

El instructor propone imponer una sanción al que fuera jefe de los servicios médicos del club, Juan Carlos Galindo, de multa de 3.006 euros y una sanción de suspensión o privación de licencia por tiempo de dos años.

En el caso de Galindo, de acuerdo con la propuesta de sanción, a la que ha tenido acceso DIARIO DEL ALTOARAGÓN, se indica que "a falta de antecedentes disciplinarios, y considerando que la persona expedientada no ha obtenido un beneficio económico de las numerosas apuestas realizadas sobre partidos disputados por su club, sino todo lo contrario, pérdidas importantes, parece más ajustado el canon de proporcionalidad y de justicia imponer las sanciones oportunas en su grado mínimo".

"Es cierto que son innumerables las apuestas prohibidas que realizó la citada persona expedientada, pero la inmensa mayoría fueron sobre partidos, incluso de ligas extranjeras, en las que participaban equipos con los que no tenía vinculación alguna y, en cualquier caso, todo parece indicar, a primera vista, que su actividad apostante se podría deber más a una adicción al juego que a un intento de lucrarse económicamente de una eventual información privilegiada en base a su condición de médico del equipo profesional de la SD Huesca SAD”.

Es por ello, añade el instructor, que “la única sanción adicional que procede imponer a esta persona expedientada es la suspensión o privación de licencia por el tiempo mínimo de dos años.

El instructor señala en su expediente que de la información proporcionada por la Dirección General de Ordenación del Juego solo Juan Carlos Galindo y Samu Sáiz, entre las personas expedientadas, han participado en apuestas sobre partidos de fútbol y que gozan de contenido económico.

En este expediente, según se indica, se considera que sólo las apuestas realizadas por Juan Carlos Galindo resultan constitutivas de una infracción disciplinaria “muy grave” tipificada en el artículo 75 bis del Código Disciplinario de la RFEF, no habiendo quedado acreditada esta infracción disciplinaria por parte de las demás personas expedientadas.

El artículo 75 bis establece que por la infracción tipificada se impondrá, además de la sanción de multa de 3.006 a 30.051 euros, una o varias de las siguientes sanciones: pérdida del encuentro, deducción de tres puntos en la clasificación, descenso de categoría, celebración de partidos en terreno neutral, clausura del recinto deportivo de cuatro partidos a una temporada o inhabilitación para ocupar cargos en la organización federativa o suspensión o privación de licencia por tiempo de dos a cinco años.

El Comité de Competición de la RFEF acordó la incoación del expediente disciplinario el pasado 17 de julio, fecha en la que el instructor del mismo, Juan Antonio Landaberea, dictó providencia para la práctica de diligencias. El 22 de julio se requirió a la Dirección General de Ordenación del Juego información sobre apuestas realizadas por las personas expedientadas y fue el 3 de septiembre cuando dicha Dirección General remitió al instructor la documentación solicitada.

Y fue el pasado 9 de septiembre cuando el instructor dictó una Providencia acordando la incorporación al expediente de los escritos aportados por las partes (Iñigo López, SD Huesca, Borja Fernández y Real Valladolid) y resolviendo sobre la práctica de las pruebas propuestas.

En consecuencia, y “liberado” tanto el Huesca como su ex presidente, Agustín Lasaosa, de cualquier efecto sancionador por parte de la Federación Española de Fútbol, en base a la resolución del instructor del expediente, queda ahora pendiente la resolución del expediente que tiene abierto la Liga de Fútbol Profesional y de la instrucción del Juzgado número 5 de Huesca en la denominada Operación Oikos, cuyo sumario no se ha cerrado por completo.