Huesca

TRIBUNALES

Archivada la causa judicial contra el patronato de la Fundación Anselmo Pié Sopena

El juez, en función de dos peritajes económico y técnico, descarta hechos punibles en la gestión de la entidad y la rehabilitación del Olimpia

Archivada la causa judicial contra el patronato de la Fundación Anselmo Pié Sopena
Archivada la causa judicial contra el patronato de la Fundación Anselmo Pié Sopena
D.A.

HUESCA.- La justicia ha archivado la causa abierta contra el patronato de la Fundación Anselmo Pié Sopena a raíz de la denuncia efectuada en 2015 por la sociedad Akua Gest, de Eduardo Cuello, el arquitecto que proyectó la rehabilitación del Teatro Olimpia y dirigió las obras. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Huesca ha descartado cualquier tipo de infracción penal en la gestión de la Fundación por la que el arquitecto había denunciado a los dos miembros del patronato y el asesor jurídico. Las diligencias se abrieron para investigar supuestos delitos de administración desleal, apropiación indebida y blanqueo de capitales.

El auto de archivo señala que "de las diligencias practicadas, no resulta indicio alguno contra los investigados de la comisión de los delitos".

La decisión del juez deja abierta la posibilidad de que los perjudicados puedan emprender acciones legales por la vía civil.

Un peritaje económico-financiero sobre la gestión de la fundación y otro técnico, de una arquitecta, sobre los trabajos rehabilitación del Teatro Olimpia, han resultado claves para descartar cualquier tipo acción punible.

El auto judicial señala, respecto a la investigación por blanqueo de capitales, que está "acreditado pericialmente que todos los trabajos se facturaron y pagaron conforme la importe correcto facturado". "Igualmente se ha justificado la presentación de todas las declaraciones fiscales y los correspondientes ingresos a la Agencia Tributaria".

Sobre la supuesta apropiación indebida establece la jueza que se descartan transferencia alguna del patrimonio de la Fundación a los investigados. La prueba pericial estableció también que la entidad "pagó únicamente las facturas que presentó la constructora conforme a las certificaciones visadas y autorizadas por el arquitecto director de la obra".

Y, finalmente, "queda acreditado que la actuación de los investigados es conforme a los estatutos de la Fundación", por lo que se descarta el delito de administración desleal.