CAMPAÑA DE LA RENTA
Pocas novedades para la campaña de la renta 2019
Aumenta a 14.000 el mínimo exento de los rendimientos del trabajo de más de un pagador
HUESCA.- Este año la campaña de la renta vuelve a presentar novedades. Pocas en comparación con el año pasado, pero algunas de ellas significativas, como el aumento del mínimo exento a los rendimientos del trabajo que provengan de más de un pagador o las nuevas obligaciones contables y registrales para actividades económicas.
En términos generales, los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo que perciban hasta 22.000 euros anuales no están obligados a declarar, al igual que el año pasado. Sin embargo, el límite para aquellos cuyos rendimientos proceden de más de un pagador, cuando el pagador no está obligado a retener o cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención, que siempre es inferior, sube este año de 12.643 a 14.000 euros.
"Otros años hay mucha gente que, igual por 200 euros, al tener dos pagadores, que es algo de lo más normal, ha tenido que pagar a Hacienda", asegura el asesor Domingo Orduna, de la asesoría homónima, quien ha celebrado este gesto de la Agencia Tributaria hacia las rentas más bajas.
Sin embargo, lo que a Orduna le parece más importante de este ejercicio fiscal son las nuevas obligaciones contables y registrales para actividades económicas, que van a tener efectos significativas sobre autónomos, pymes y micropymes.
Y es que desde el 1 de enero del año pasado desapareció la dispensa respecto a la obligación de llevar libros registro para contribuyentes que llevaban la contabilidad de acuerdo a lo previsto en el Código de Comercio.
"Para el año 2019 nos han cambiado todo el tema de la declaración y estimación directa. Entonces cualquier autónomo pequeño, cualquier persona, está obligado a llevar todos libros registro", destaca el asesor. "Esto es un asunto que va a traer cola porque la Agencia Tributaria va a exigir estos libros de registros en un año o dos".
Asimismo, este año se aumenta la el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo hasta los 5.565 anuales y el umbral de los rendimientos netos hasta el que se permite aplicar esta reducción hasta los 16.825. Esto, explica Orduna, " va a beneficiar a todos los que cobraban solamente una nómina porque los que perciban menos de 16.825 euros y no tengan ingresos de trabajo superiores con rentas exentas pueden aumentar las reducciones".