Huesca

TRIBUNALES

Primera reducción de pena por violación por la ley del “Solo sí es sí”

La Audiencia Provincial condena a un violador a 4 años señalando que con la anterior norma hubieran sido 6 años

Edificio de la Audiencia Provincial de Huesca
Edificio de la Audiencia Provincial de Huesca
Rafael Gobantes

La Audiencia Provincial ha condenado a un joven a 4 años de cárcel por una violación cometida en 2019 en la ciudad de Huesca, 2 años menos de lo que le correspondería con la anterior normativa. Se trata de la primera sentencia conocida en la provincia en la que las penas se reducen debido a la aplicación de la Ley del “Solo sí es sí” (Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual).

Según consta en los fundamentos de derecho de la propia sentencia, la Audiencia Provincial explica que antes de la entrada en vigor de la Ley del “Solo sí es sí” estos hechos se hubieran condenado con 6 años de prisión, pero que aplicando la nueva norma el condenado estará en la cárcel 4 años.

“En cuanto a la determinación de la pena, es indispensable tener en cuenta que la ya mencionada reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022 (“Solo sí es sí”) ha supuesto una rebaja en el límite mínimo de la pena del artículo 179 del Código Penal, que pasa de 6 a 4 años -señala literalmente la sentencia-. Dicho esto, y sin que la Sala, apreciadas las circunstancias del hecho, halle motivos para sancionar al procesado por encima ya no de la mitad inferior sino de dicho límite mínimo, se impondrá la pena de 4 años de prisión”.

La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual entró en vigor el pasado octubre. A grandes rasgos y dentro de un propósito de situar el consentimiento expreso en el centro, se eliminaron los delitos de abusos sexuales (en los que no hay uso de la fuerza o la intimidación) y se incluyeron dentro de las agresiones sexuales. Asimismo, se introdujeron nuevas circunstancias para agravar las penas de las agresiones valiéndose de fármacos o drogas que anulan la voluntad (la burundanga, por ejemplo).

Sin embargo, también supuso una reducción de las penas mínimas para algunos delitos sexuales. Son los casos de las violaciones, que anteriormente se sancionaban como mínimo con 6 años de cárcel y ahora tienen una pena mínima de 4 años, y de las violaciones a menores de 16 años, cuyo castigo mínimo ha pasado de los 8 años de antes a los 6 actuales.

En cuanto al caso que nos ocupa, este ocurrió en verano de 2019 en casa del condenado (un joven de 19 años (18 la víctima). La Fiscalía pedía 9 años de prisión para el acusado.