Opinión
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  • PLATAFORMA OSCENSE POR LA DEFENSA DEL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES

El sistema público de pensiones

Nuestra Constitución en su Artículo 41 dice: Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo.

Estas líneas son fruto de la lucha del movimiento obrero que comenzó en el siglo XIX y que más de cien años después nos permite disfrutar de una Seguridad Social .La historia nos dice que el resultado de las luchas y de sus mecanismos e instrumentos de protección que había ido desarrollando el movimiento obrero de forma mutualista dio lugar al nacimiento y generalización de los seguros sociales que, hasta esos momentos, se reconocían sólo a los trabajadores sindicados, de forma ajena a la actuación del Estado. A partir de 1900 se promulgan leyes y crean organismos, encaminados a la creación del Sistema Público de Pensiones.

El desarrollo industrial y la creciente mecanización de los procesos productivos provocaron un aumento de los accidentes de trabajo. Esto provoca la promulgación de la Ley de Accidentes de Trabajo el 30 de enero de 1900 que lo define como "toda lesión corporal que el operario sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena". Se declara la responsabilidad directa y objetiva de las empresas en los sufridos por sus trabajadores y se fomenta la institución del seguro, pero su obligatoriedad por parte del empresario y con carácter general no aparece hasta 1932.

El 27 de febrero de 1908 se crea el Instituto Nacional de Previsión, que puso en práctica de un régimen de libertad subsidiada, que pretendía encontrar el equilibrio entre la libertad de concertar un seguro por parte de los asegurados y la responsabilidad de cobertura de los riesgos por parte del Estado.

El movimiento obrero fue conquistando derechos que mejorasen la vida de trabajadores y trabajadoras. Unas conquistas grabadas a fuego y sangre, con mucho sufrimiento de mucha gente que pasó penurias, cárceles y muerte, porque los patronos, en connivencia con los gobiernos, no permitían que se perjudicase sus privilegios y grandes beneficios, y reprimieron con violencia la lucha por los derechos laborales. Así, uno de los primeros derechos ganados fue el de Asociación.

La situación de los trabajadores era angustiosa una vez ya no eran útiles para el tajo. "Es completamente imposible que, dados los jornales que en España existen, los jornaleros se desprendan mensualmente de una cantidad para prepararse la pensión de retiro. Por regla general, imposible que el trabajador humilde llegue a proporcionarse medios de vida. Lo que hay aquí es hambre" . De esta dolorosa constatación, expresada por el diputado Juan de Barriobero y Armas nacería el primer seguro público de vejez en España.

El texto que García Prieto leyó a Sus Señorías contemplaba la creación de un fondo con aportaciones de diez céntimos mensuales de los trabajadores, de una peseta al mes del Estado y de tres de los patronos, para que, al cumplir los 65 años, los obreros que cobraran menos de 4.000 pesetas anuales y hubieran cotizado más de 20 años pudieran retirarse y percibir una pensión de al menos una peseta diaria.

La medida resultó muy controvertida, porque a los patronos no les hacía gracia eso de pagar para proveer la vejez de sus empleados. Pero tampoco a los propios trabajadores, que no veían con buenos ojos que se les descontara de sus haberes cantidad alguna para dotar un sistema que muchos no alcanzaban a comprender pues con base a las circunstancias del momento, se centraban exclusivamente en el presente y no tanto en un futuro lejano, ya que debido a la escasa esperanza de vida de aquellos años, se consideraba inalcanzable.

El diputado socialista Andrés Saborit en una de sus intervenciones parlamentarias dijo: "Los trabajadores del campo, que no han visto la figura del Estado sino cuando ha ido al municipio un representante del poder central que no les ha dejado vivir, un caciquismo indignante, la Guardia Civil, las persecuciones personales. ¿Qué fe le van a tener a estas leyes ".

A partir de 1900, el 11 de marzo de 1919, se crea el Retiro Obrero Obligatorio, gestionado por el INP y destinado a asalariados entre 16 y 65 años cuya retribución no superara un cierto límite. Este seguro protegía la vejez por considerarla una invalidez por razones de edad. La financiación corre a cargo de los trabajadores, los patronos y el Estado. La organización y administración del Retiro Obrero Obligatorio compete al Instituto Nacional de Previsión y Cajas "colaboradoras".

Otro derecho que se consiguió este mismo año fue establecer la norma de no trabajar más de 8 horas diarias. 24 horas distribuidas en 8 horas de trabajo, 8 de descanso y 8 de conciliación, educación y disfrute.

El Retiro Obrero Obligatorio tenía muchas limitaciones y deficiencias. La gran masa de trabajadores agrícolas quedó explícitamente excluida de la nueva cobertura y costó que trabajadores y patronos accedieran a pagar lo que les tocaba. Además, al fijar en 4.000 pesetas anuales el tope para la percepción de la pensión, el derecho quedó limitado prácticamente a los peones. Muchas voces reclamaron que las pensiones fueran más generosas y más los beneficiarios, pero desde el Gobierno replicaron que "no permite tal cosa el precario estado de nuestra hacienda". Según las estadísticas de natalidad y tablas de mortalidad de la época, en España nacían cada año 600.000 individuos. Partiendo de una población de 20 millones de habitantes, mayores de 60 años para arriba son 5.182.098. Suponiendo que los 182.098 sea gente acomodada, quedan 5 millones a quienes se debe atender, y para el subsidio de sólo una peseta diaria sale una cifra de 1.825 millones de pesetas. Por lo visto, hay cosas que no han cambiado tanto.

Las canciones son distintas pero las letras, como podemos comprobar, son las mismas. Sigamos en la lucha.