Opinión
Por
  • Manuel Ollé Sesé. Profesor de Derecho penal internacional de la Universidad Complutense. Abogado

Crímenes contra la paz y reglas de la guerra

Personal civil retira uno de los muchos cuerpos hallados en las calles tras el abandono del ejército ruso en Bucha.
Personal civil retira uno de los muchos cuerpos hallados en las calles tras el abandono del ejército ruso en Bucha.
E.P.

"Millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad”. Esta frase se grabó, en 1998 a sangre y fuego, en el preámbulo del Estatuto de la Corte Penal Internacional (ECPI), como una de las tristes realidades ocurridas en el siglo pasado para alentar a todos los seres humanos a que nunca más se repitiera.

Hoy, después de 42 días de invasión de Ucrania por parte de Rusia, cientos de niños, de ancianos, de mujeres y de hombres, están siendo masacrados impunemente. Rusia, bajo la dirección y la planificación de Putin, ha usado ilegítimamente, y continua haciéndolo, la fuerza armada-militar contra la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de Ucrania. Es la consumación del crimen de agresión, bautizado por la sentencia de Núremberg como “el supremo crimen internacional”, que “sólo difiere de otros crímenes de guerra en que contiene dentro de sí el mal acumulado de todos ellos”.

La barbarie de Putin y sus acólitos, no se detiene en esta execrable invasión. La guerra, por mal que suene, y por mucho que la detestemos por ser esencialmente perversa, tiene sus normas. Existe el derecho de la guerra (ius in bello), que regula qué se puede y qué no se puede hacer durante un conflicto bélico, en el que se derogan, ante esa situación excepcional, prohibiciones vigentes en tiempos de paz como, por ejemplo, matar o herir a un combatiente. Pero no todo es lícito en la guerra. El Derecho internacional humanitario (DIH) -identificado con frecuencia con el derecho de la guerra y contenido fundamentalmente en las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949, de las que Rusia es parte- se debe respetar. Sea justa la guerra o injusta, como en el caso de Rusia-Ucrania, el DIH no puede soslayarse.

Por ello, el ECPI tipifica como crímenes de guerra las infracciones graves a los Convenios de Ginebra ejecutadas contra personas o bienes protegidos u otras violaciones severas de las leyes y usos aplicables a los conflictos bélicos según el Derecho internacional, cometidas en el contexto de un conflicto armado internacional. Por el contrario, el que interviene en un conflicto bélico, pero respecta al DIH, no comete ese crimen.

Las espeluznantes y sobrecogedoras imágenes, relatos y sonidos que nos llegan estos días de Ucrania, especialmente de Bucha, y antes de otras ciudades -y otras situaciones semejantes como la perpetrada en Chechenia- es la barbarie hecha realidad. El asesinato de civiles, las ejecuciones sumarias, su mutilación, tortura y/o la violación sexual usada como arma de guerra, junto al ataque a objetivos civiles como hospitales, colegios o corredores humanos, resultan de una repugnante crueldad.

El Derecho internacional humanitario no solo protege a las personas involucradas en un conflicto bélico -como los heridos y enfermos de las fuerzas combatientes y los prisioneros de guerra- sino también a la población civil que no participa en el mismo. Matar, torturar o lesionar a civiles; usar escudos humanos; atacar a la población y objetivos civiles, como bombardear ciudades, viviendas o edificios (dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias) hospitales o lugares donde se agrupan a enfermos y heridos o se acopia material sanitario, son crímenes de guerra. Como también es un crimen de guerra el uso de métodos de combate prohibidos como el empleo del veneno balas o armas prohibidas, del tipo de las nucleares, químicas o biológicas.

Putin y otras tantas autoridades civiles y militares rusas han despreciado con pleno conocimiento y voluntad, la regla jurídica o principio de distinción entre población civil y combatientes o miembros de las fuerzas armadas, que protege a los civiles de los devastadores efectos de la guerra. No solo han decidido y ejecutado el ataque directo a civiles, sino que, además, han violado la prohibición de ordenar ataques militares, sabedores, como efectos colaterales, de la segura muerte y lesión a la población civil.

Rusia, vuelve a mentir en su continuada estrategia publicitaria basada en la falsedad y vigente desde el primer día del conflicto, negando la invasión. Es un insulto a la dignidad de todas las víctimas afirmar que los horrores de Bucha son un montaje de Ucrania. Periodistas nacionales e internacionales, testigos presenciales, víctimas y la sociedad civil confirman con rigor la realidad de las atrocidades rusas.

La persecución de estos dos crímenes, guerra y agresión, y también de los crímenes contra la humanidad como parecen haberse cometido y del de genocidio, por su propia naturaleza de crímenes internacionales de primer grado, es obligatoria en y para toda comunidad internacional, -incluso en Rusia- porque así lo ha decidido el Derecho internacional que prima sobre el derecho nacional.

Será muy difícil juzgar a Putin y a todas las personas, civiles y militares, de alta o mínima graduación y categoría, que intervienen en estos crímenes. En Rusia es imposible. Ucrania está limitada en su capacidad operativa judicial. La Corte Penal Internacional (CPI), carece de competencia para el crimen de agresión, pero, aunque sí la ostenta para el resto de crímenes, ni Rusia ni sus Estados amigos entregarán jamás a la CPI a los ciudadanos rusos.

Sin embargo, otros terceros países que localicen en su territorio a responsables de estos hechos a buen seguro los entregarán al tribunal internacional. Es un deber para todos los Estados colaborar con el fiscal de la CPI para que, desde la independencia, imparcialidad y rigor, determine quiénes son los autores de estos crímenes, afecte a quien afecte, se reúnan pruebas y se asegure la eficacia de la investigación. Nuestra Fiscalía General del Estado ha dado un paso al frente y ha incoado diligencias, con base en el principio de jurisdicción penal universal, para cooperar con la CPI y con otros Estados en la investigación de los hechos. Y la presidenta de la Comisión Europea ha lanzado una invitación a la cooperación, y ha creado un equipo conjunto de investigación entre la fiscalía ucraniana Europol y Eurojust. Es el momento de que el anhelado sistema de justicia penal internacional funcione, para que los responsables de los más graves crímenes internacionales, que no prescriben, sean juzgados y no permanezcan en la impunidad.

Putin, con las evidencias probatorias de las que disponemos que traspasan la presunción de inocencia, es un enemigo de la humanidad, que transgrede y amenaza la paz, la seguridad y el bienestar de todos. Será recordado como un criminal internacional de primer grado.