Sociedad

DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE PERSONAS

La Fiscalía General del Estado dice que la protección que se da a las víctimas de explotación sexual es "dudosa"

Los casos que finalmente se investigan "son solo la punta de un iceberg"

La Fiscalía General del Estado dice que la protección que se da a las víctimas de explotación sexual es "dudosa"
La Fiscalía General del Estado dice que la protección que se da a las víctimas de explotación sexual es "dudosa"
S.E.

MADRID.- En España las víctimas extranjeras de trata con fines de explotación sexual "quedan bajo una cobertura de muy dudosa eficacia", no existe un régimen de protección integral de este colectivo y los casos que finalmente se investigan en la Fiscalía General del Estado "son solo la punta de un iceberg".

En España la clasificación de víctimas se hace en función de la Ley de Extranjería (Loex) que, según denuncia la propia Fiscalía en su memoria, "tiene una aplicación muy limitada y el número de víctimas que se acogen al precepto es muy pequeño".

Así, el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y Crimen Organizado (Citco) detectó más de 10.000 víctimas en riesgo de trata (sólo en 2017), cifra que el Ministerio Público reduce a 155.

En concreto, la Unidad de Extranjería de la Fiscalía se encarga de investigar las diligencias de Seguimiento del Delito de Trata de Seres Humanos sólo en aquellos casos en los que "no es posible dudar racionalmente de su condición de víctima" o en los que los indicios "de notoria gravedad" conllevan una "investigación rigurosa" de ámbito penal.

VÍCTIMAS ANULADAS

Reconoce la propia Fiscalía la dificultad de determinar "racionalmente" la condición de víctima, ya que la mayoría de ellas, o no están en condiciones de reconocer su situación y facilitar su cooperación, o desconocen que están destinadas a ser explotadas.

La víctima de trata puede haber sufrido tal degradación física, psíquica y emocional que sus sentimientos, inteligencia y voluntad se ven afectados hasta tal punto que pueden llegar a anular su autoestima y capacidad de reacción emocional. En ocasiones pierden la conciencia de su situación, narra la Fiscalía.

"En esas condiciones, la experiencia acredita que no están capacitadas para prestar testimonio alguno hasta que -tras un periodo de recuperación física y psíquica- hayan recobrado su estabilidad. Y porque, si no se logra eliminar el origen de su miedo, es casi seguro que declare en favor del reo", añade.

Argumenta así el Ministerio Público que el carácter "estrictamente jurídico-procesal" hace que los casos que investiga su Unidad de Extranjería no se correspondan con los que maneja el Citco.

CARENCIAS "EVIDENTES"

La ley de Extranjería es una norma de derecho administrativo dirigida a excluir de las medidas de expulsión, devolución o rechazo en frontera a los extranjeros en situación irregular cuando la Administración considere "que existen motivos razonables" para creer que una persona ha sido víctima de trata.

Sin embargo, precisa, las víctimas potenciales han sido identificadas por la autoridad competente y deben ser protegidas tal como exigen todos los instrumentos internacionales contra la trata vinculantes para España, especialmente las medidas previstas en el Convenio de Varsovia.

"La carencia del sistema español en este aspecto es evidente: nuestra normativa no ha previsto un régimen de protección integral de este colectivo de mujeres. Y es necesario que tenga una respuesta adecuada en la proyectada Ley Integral contra la Trata", asevera el Ministerio.

Advierte de que la trata de mujeres con fines de prostitución está "gravemente asentada" en España a pesar de que en diez años se ha logrado la cualificación de un importante grupo de expertos policiales", una Fiscalía "altamente especializada" y un Consejo General del Poder Judicial "muy comprometido". En este contexto pide avanzar y propone como modelo de referencia la legislación francesa aprobada en 2016, que no solo persigue al proxeneta, sino que también da un tratamiento adecuado al cliente de la prostitución.

Y comparte la recomendación de la Comisión Europea que anima a los Estados miembros a la tipificación penal de quienes "conscientemente se aprovechan de los servicios prestados por las víctimas de trata".

La Fiscalía destaca que desde que en España se tipificó el delito de trata de seres humanos se han ido desarrollando las acciones requeridas por el derecho internacional englobadas en la Acción Mundial contra la Trata en su modalidad de explotación sexual. Pero subraya que los resultados obtenidos son "decepcionantes", sobre todo en relación a la protección y al reconocimiento de los derechos elementales de la mujer.

LAS CIFRAS DE LA TRATA

Según recoge la citada memoria, entre 2013 y 2018 la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General ha incoado 624 diligencias de seguimiento del delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

En ellas se han identificado como víctimas de trata 1.181 personas (1.034 mujeres mayores de edad; 127 mujeres menores; 13 mujeres con discapacidad cognitiva; 6 hombres mayores de edad y 1 hombre menor de edad).

Las mujeres mayores de edad proceden de África (308), América (218), Asia (169) y Europa (331) y de 8 no se conoce la nacionalidad, mientras que las menores de edad proceden de África (42), América (25), Asia (3) y Europa (57).

Además, han sido localizadas en situación de grave riesgo 339 africanas, 217 americanas, 42 asiáticas, 667 europeas y 75 cuya nacionalidad no ha podido determinarse, mientras que esta consideración se ha reconocido a 17 hombres de origen americano.

Entre 2013 y 2018 se han investigado por este tipo de delitos a 2.954 personas.

Durante ese periodo se han dictado 112 sentencias (74 conformes con la calificación del Ministerio Fiscal, 12 condenatorias por delito distinto del solicitado por el Fiscal y 26 absolutorias).

Desde 2015 en todos los casos de sentencias condenatorias se ha reconocido la condición de víctimas identificadas de trata sexual a 207 mujeres (99 %) y 2 hombres (0,95 %). De ellas, 19 son menores y dos padecen discapacidad cognitiva.