Sociedad

MUERTE DIGNA

Begoña Nasarre y Alfredo Sancho defienden la regulación de la eutanasia

Los diputados socialistas altoaragoneses avalan los derechos sociales y las libertades personales

Begoña Nasarre y Alfredo Sancho defienden la regulación de la eutanasia
Begoña Nasarre y Alfredo Sancho defienden la regulación de la eutanasia
PSOE

HUESCA.- "Regular la eutanasia no solo incorpora un nuevo derecho voluntario a los ciudadanos, también da seguridad jurídica a los profesionales que participan en ella y a los que, por conciencia, prefieren no hacerlo", con estas palabras, la diputada Begoña Nasarre defiende el paso dado esta semana en el Congreso para impulsar una Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia.

Nasarre señalaba que esta, "como no podría ser de otra manera, esta será voluntaria. Así como nadie puede obligar a otra persona a continuar con una vida de sufrimiento insoportable, tampoco nadie puede forzar a acabar con su vida a ningún ciudadano". Desde el PSOE, continuaba "defendemos la vida, pero no la obligación de vivir cuando, a juicio de la persona que sufre, erosiona su integridad física o moral".

Por su parte, Alfredo Sancho explicaba que "frente a los que se opusieron al aborto, al matrimonio homosexual o al divorcio, y que ahora siguen negándose a incorporar nuevos derechos a los ciudadanos, el PSOE vuelve a defender los derechos sociales y las libertades personales y profesionales". Y lo hace, continuaba, "con el respaldo de la mayoría de la cámara, con garantías éticas y de seguridad jurídica, para asegurar que la decisión de la persona que solicita la eutanasia sea autónoma, libre de presiones, informada, consciente y mantenida en el tiempo".

En este sentido, ambos coincidían en recordar algunos aspectos fundamentales del planteamiento socialista para la regulación de la eutanasia, como la exigencia de que su solicitud esté causada por situaciones determinadas (como enfermedades crónicas, graves o invalidantes y sufrimiento físico o psíquico intolerable), que la persona tenga mayoría de edad y esté en plenas capacidades para obrar, que registre la petición en dos ocasiones con al menos 15 días de intervalo entre ambas, que haya un testigo y que cada comunidad autónoma cree una Comisión de Control y Evaluación para controlar todo el proceso. A todo esto, inciden, se añade la revocabilidad, en cualquier momento, de la decisión tomada, la seguridad jurídica de los profesionales que participen en ello y la posibilidad de objeción de conciencia por parte de aquellos sanitarios implicados que no deseen participar en ello.