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FIN DEL ESTADO DE ALARMA

El Gobierno defiende su plan tras la alarma pese al desconcierto de los jueces

Para Sánchez, el estado de alarma “es el pasado” y la vacunación, “el futuro”

La ciudad de Pamplona el primer día sin toque de queda.
La ciudad de Pamplona el primer día sin toque de queda.
E.Press

El Gobierno defendió este martes su plan jurídico para afrontar la pandemia tras el fin del estado de alarma pese a las divergencias de criterio de los tribunales que han llevado, por ejemplo, a que se haya rechazado el toque de queda en Navarra o el cierre de un municipio en Andalucía, pero se hayan aceptado otros. Aunque la mayoría de los socios del Gobierno de coalición denunciaron el “caos jurídico” que supone dejar en manos de los tribunales la limitación de derechos fundamentales, Pedro Sánchez garantizó que las Comunidades tienen “amplios instrumentos” para hacer frente a la pandemia.

Para Sánchez, el estado de alarma “es el pasado” y ahora toca “mirar al futuro”, que es la vacunación, al tiempo que arremetió contra el PP. A su juicio, “no puede ser” que la oposición eche de menos ahora el estado de alarma cuando se opuso a ello en octubre, y señaló que una ley ordinaria como la que pide el PP para dar seguridad jurídica a las comunidades, no puede sustituir nunca a la Constitución algo, que es, ha opinado, de “primero de Derecho”.

En esta misma línea, la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, insistió en que el estado de alarma, instrumento jurídico que ha calificado de “acierto”, es una circunstancia excepcional, que no podía mantenerse por tiempo indefinido, sino solo el imprescindible para contener la pandemia. Admitió que la posibilidad legal de que una comunidad solicite al Gobierno central la declaración del estado de alarma en sus límites territoriales está “a disposición” de los gobiernos autónomos. Todo ello en un día en el que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) denegó el toque de queda decretado por el Gobierno Foral para evitar la proliferación de los botellones al considerar que la medida “no supera el canon de necesidad y proporcionalidad”.

El Tribunal, que tampoco ratifica el horario de cierre de las terrazas, fijado en la orden foral a las 22 horas, avala sin embargo la limitación de reuniones, públicas y privadas, a un máximo de seis personas, por considerarla “ajustada y proporcionada”.

Una decisión que el Gobierno de Navarra no recurrirá al Supremo a diferencia de la Junta de Andalucía que sí presentará un recurso contra el auto de su Tribunal Superior de Justicia, que no ha amparado el cierre de la localidad granadina de Montefrío, restricción que sí ha avalado en el caso de tres localidades de Córdoba y Cádiz.

El Gobierno andaluz recurrirá al Supremo con la intención de que se den las mismas situaciones en toda la comunidad ya que entiende que “no tiene sentido” que no se permita el cierre de unos municipios “y de otros sí”. Culpó de ello al “disparate” del Ejecutivo central de “judicializar la desescalada” y de “subcontratar la gestión de la pandemia” al Tribunal Supremo.

Tampoco ha avaló el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha las medidas del decreto aprobado por la Junta tras el fin del estado de alarma que afectan a los derechos de reunión -como la limitación de la práctica de actividad física al aire libre- y de libertad de culto, ya que se requería autorización para celebrar actos religiosos en el exterior de los edificios y en la vía pública.