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ALTO ARAGÓN - BIENES RELIGIOSOS

El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena señala que el TS desestima todos los argumentos de la parte catalana

El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena señala que el TS desestima todos los argumentos de la parte catalana
El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena señala que el TS desestima todos los argumentos de la parte catalana
P.S.

VILLANUEVA DE SIJENA (HUESCA).- El abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, ha manifestado que la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la nulidad de la venta de las obras del Monasterio de Sijena a Cataluña, "desestima todos los argumentos de la parte catalana para intentar retener las piezas del tesoro artístico" del cenobio, "que se quedarán ya definitivamente" en él.

Este jueves, se ha hecho pública la sentencia del Pleno de la Sala Primera de Supremo que desestima los recursos interpuestos por la Generalitat de Cataluña, el Museo Nacional de Arte de Cataluña y el Consorcio del Museo Diocesano y Comarcal de Lérida contra la sentencia de la Audiencia de Huesca que confirmaba la nulidad de la venta 97 obras del Monasterio de Sijena.

En una nota de prensa, Español ha contado que según el Pleno de la Sala de lo Civil del TS "este pleito es, jurídicamente, el más importante en la historia de Aragón y en la de Cataluña".

"No hay un pleito de tal envergadura tanto por los altos tribunales que han intervenido en todo este largo litigio, como por la dimensión mediática del asunto", ha remarcado el letrado.

También ha afirmado que el Supremo "desmantela la operación secreta" diseñada por la priora de Valldoreix y la Generalitat catalana "para intentar hacerse con estos bienes, poniendo de relieve que la priora del Monasterio de Valldoreix no tenía facultad alguna para vender los bienes del Real Monasterio de Sijena, dado que era otro convento distinto".

Por este motivo, es una venta nula y se ha aplicado "el deber de reintegrar esos bienes al citado monasterio aragonés, pues, así lo han pactado el Estado español y la Iglesia católica en su deseo de que estos bienes regresen a sus lugares originarios".

El abogado ha añadido que el Tribunal Supremo también reconoce que los 97 bienes vendidos estaban ya incluidos en la declaración como monumento nacional del Monasterio de Sijena en 1923, realizada por el Estado "y por lo tanto gozaban ya de la plena protección de las leyes de patrimonio cultural sin necesidad de una declaración expresa que los citara uno a uno".

DISENSIÓN

El letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena ha disentido, no obstante, con el TS en que el propietario de estos bienes los pueda desafectar por propia voluntad del monumento al que están adscritos, con su solo deseo de venderlos, "algo que choca con las leyes de patrimonio cultural".

Español, que ha considerado que el conjunto de la sentencia del TS es "brillante" en todos sus fundamentos, ha opinado que en este punto el Supremo "no ha sabido analizar correctamente" la cuestión "pues si no cabe modificar la estructura interna de un monumento, no hay mayor modificación que el vaciarlo de todo su tesoro artístico a través de una venta, lo cual, estoy seguro, pondrá el grito en el cielo en el Ministerio de Cultura y en las consejerías de Cultura de las distintas comunidades autónomas españolas, pues, este aserto, con todo respeto, supone un serio riesgo para la protección integral de nuestro patrimonio cultural".

Por este motivo, el abogado ha considerado que el TS "tendrá más ocasiones para matizar todo esto porque, de no hacerlo, y siguiendo al pie de la letra todo cuanto dice, el peligro de vaciamiento de todos nuestros monumentos es muy serio, dejando atadas a las administraciones públicas a comprar esos bienes o a dejarlos marchar para siempre dejando vacío el monumento y reducido a sus desnudos muros".

Jorge Español ha achacado esto a que el TS, "con todo respeto, más parece haber querido contentar a todas las partes que tener una vocación duradera de sentar doctrina en esta importante materia, por lo que estoy seguro que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo tendrá que corregir a la Sala de lo Civil de este Alto Tribunal".

Al respecto, ha aclarado que es la Sala de lo Contencioso-Administrativo "la que de ordinario tiene que interpretar las leyes de patrimonio cultural", por lo que es difícil que la de lo Civil "pueda sentar doctrina en cuanto a la libertad del propietario de vaciar un monumento de todo su tesoro artístico a través de una venta voluntaria del mismo, venta ésta que siempre será ilegal y nula de pleno derecho, se mire por donde se mire".

Finalmente, el abogado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena ha remarcado el trabajo "muy sacrificado, titánico y brillante" del Letrado del Gobierno de Aragón, Alberto Gimeno, y de él mismo en esta causa judicial.