SD Huesca

FÚTBOL - S. D. HUESCA

Confirman un partido de sanción a Galán y dos a Francisco

El Comité de Competición rechaza las alegaciones del Huesca y el club recurrirá a Apelación

Confirman un partido de sanción a Galán y dos a Francisco
Confirman un partido de sanción a Galán y dos a Francisco
EFE

HUESCA.- El Comité de Competición de la RFEF ha sancionado con un partido de suspensión a Javi Galán y Musto por acumulación de amonestaciones y con dos encuentros al técnico del Huesca, Francisco, por su expulsión en los instantes finales del encuentro de Getafe del pasado sábado. El club azulgrana, según se expone en la resolución, presentó alegaciones a la tarjeta de Galán y a la expulsión de Francisco.

En el caso de la amonestación de Javi Galán, que el árbitro reflejó en el acta que había sido por "derribar a un contrario en la disputa del balópn de modo temerario, el Huesca alegó la existencia de "un error material manifiesto en el acta arbitral, en cuanto la prueba que acompaña permite constatar cómo el jugador contrario simula un contacto con el futbolista amonestado y se deja caer".

El Comité responde en su fallo que "la prueba aportada no permite desvirtuar la presunción de veracidad del acta arbitral, no pudiendo pretender el alegante que el criterio técnico del colegiado en la apreciación del lance del juego producido, sea sustituido por el criterio subjetivo del club".

En cuanto a Francisco, el árbitro explicó en el acta que lo expulsó por "protestar de forma ostensible una de mis decisiones". El Huesca considera que el documento arbitral "no determina la causa ni identifica la decisión ni las decisiones objeto de la pretendida protesta, ni identifica la expresión o expresiones que llevan a calificar la conducta sancionada como una protesta ostensible, sustrayendo la calificación que debe realizar el órgano disciplinario".

Ante ello, la respuesta del Comité de Competición es que "ninguna prueba se aporta por el club alegante, por lo que no concurre ninguno de los supuestos arriba mencionados. En todo caso, el tipo infractor aplicable no exige que se especifique por el árbitro en modo alguno las decisiones que son objeto de protesta, ni que se detallen los términos concretos proferidos, pues lo esencial a los efectos de considerar subsumible la conducta en el tipo infractor, es que se produzca una protesta al árbitro principal, sin necesidad de identificación expresa de los elementos indicados por la SD Huesca".

De este modo, Javi Galán debe cumplir el partido de sanción lo mismo que Musto, por quien no se presentaron alegaciones y Francisco deberá buscar una ubicación fuera del banquillo ante el Alavés y en el Santiago Bernabéu frente al Real Madrid. La sanción al técnico es en el grado mínimo ya que, de acuerdo con el artículo 120 del Código Disciplinario, este tipo de expulsiones se sancionan con suspensiones de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.

RECURSO A APELACIÓN

El Huesca va a recurrir al Comité de Apelación la tarjeta de Javi Galán ya que considera que, de acuerdo con las imágenes, existe "una flagrante simulación" por parte de Damián, jugador del Getafe, en la caída que se aprecia en el intervalo que hay cuando Galán tiene apoyado el pie en el suelo y el futbolista del Getafe salta sin que le llegue a tocar. "No se ve contacto, se tira", afirman en el club azulgrana. Un último recurso, en caso de que Apelación lo desestime (algo que suele producirse de forma sistemática), el club tiene la posibilidad de solicitar la suspensión cautelar de la sanción al TAD.